La Seremi del Trabajo y Previsión Social, Andrea Barrera, junto a la Dirección del Trabajo, realizó un recorrido por centros comerciales de Ovalle para reforzar el conocimiento y cumplimiento de la normativa laboral durante las próximas Fiestas Patrias. En esta actividad, las autoridades recordaron que los días 18 y 19 de septiembre son feriados obligatorios e irrenunciables para los trabajadores del comercio, conforme a la Ley N°19.973.
Durante la jornada se entregó información a trabajadores y empleadores sobre los horarios de inicio y término del descanso, las actividades exceptuadas y los procedimientos disponibles para realizar denuncias ante posibles incumplimientos.
Andrea Barrera expresó que “queremos que trabajadores y empleadores conozcan con claridad esta normativa. Los días 18 y 19 de septiembre son feriados obligatorios e irrenunciables para los trabajadores del comercio, por lo que hacemos un llamado a respetar este derecho y a planificar con anticipación el funcionamiento de los establecimientos que están exceptuados”.
El descanso debe iniciarse, a más tardar, a las 21:00 horas del 17 de septiembre y finalizar a las 06:00 horas del 20 de septiembre.
Están exceptuadas del cierre obligatorio las actividades que funcionan en restaurantes, clubes, cines, espectáculos en vivo, discotecas, pubs, casinos, farmacias de urgencia o de turno y expendios de combustible, entre otros. Asimismo, pueden operar pequeños negocios de barrio siempre que sean atendidos por sus propios dueños o familiares directos.
Los trabajadores en actividades exceptuadas cuentan con derecho a descansar al menos una vez cada dos años durante estas fechas, siempre que se mantengan contratados por el mismo empleador.
La Seremi señaló que “también es importante recordar que existe un derecho al descanso bianual para quienes están exceptuados de estos feriados. Por eso, hacemos un llamado a empleadores y trabajadores a informarse y revisar que se esté dando cumplimiento a esta disposición”.
La Dirección del Trabajo estableció un programa nacional de fiscalización preventiva con equipos desplegados en las distintas regiones del país para verificar el cumplimiento de la normativa durante Fiestas Patrias.
Los trabajadores pueden realizar denuncias a través del sitio web www.dt.gob.cl en caso de no otorgarse los feriados obligatorios e irrenunciables del comercio o no respetarse el descanso compensatorio bianual.
El incumplimiento de los feriados obligatorios e irrenunciables puede resultar en multas de entre 5 y 20 UTM por cada trabajador en infracción, según el tamaño de la empresa.
Con Información de ovallehoy.cl

