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- La resolución indica que los incidentes relatados por el patrullero Emilio Huinca no poseen la “entidad suficiente” para ser clasificados como un acto de acoso, agresión o hostigamiento laboral. No obstante, se señala que los hechos denunciados podrían considerarse “comportamientos descorteses o groseros”, que, si se permiten, podrían resultar en situaciones de “hostilidad o violencia graves”.
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En agosto, surgieron denuncias de malos tratos en la dirección de Seguridad Pública (Disep) de la municipalidad de Pucón, creando un clima tenso en la administración pública local. A poco más de un mes de este evento, hay novedades respecto a la denuncia por Ley Karin del patrullero Emilio Huinca contra su superior, el general en retiro de Carabineros Juan Carlos Badilla. La Contraloría, que recibió la acusación debido a que Badilla es un superior, determinó que, basándose en el relato de Huinca, no se comprobaron hechos que pudieran ser considerados acoso, agresión o hostigamiento. Por tanto, se decidió no iniciar acciones disciplinarias contra Badilla.
El documento expresa que “los hechos denunciados no tienen entidad suficiente para ser clasificados como acoso, agresión o hostigamiento laboral, o no están respaldados por antecedentes concretos que evidencien actos de hostigamiento”.
Sin embargo, la resolución presenta matices, especialmente en el punto siete. Aquí se menciona que “las conductas incívicas” son comportamientos descorteses o groseros sin un propósito dañino claro, que fallan en seguir las normas de respeto mutuo. Si no se abordan, estas conductas pueden llevar a una escalada hacia situaciones de hostilidad o violencia. “Aunque no constituyan acoso laboral o sexual, estas actitudes deben ser eliminadas del entorno laboral, ya que, aunque no se pretende causar daño, fomentan una cultura de violencia silenciosa que podría dar lugar a futuros actos de acoso o violencia”, se detalla en el documento.
Por ende, se indica que la municipalidad de Pucón debe comunicar esta resolución a Badilla para que tome en cuenta estos aspectos. A pesar de todo, se reafirma que los hechos en sí no constituyen acoso laboral. Por lo tanto, la Contraloría decidió no iniciar un proceso disciplinario contra él. La firma de esta resolución corresponde al contralor regional, Carlos Bilbao Fuentes.
La defensa de Huinca, representada por la abogada Bhama Zúñiga, manifestó que un recurso de reposición será presentado para solicitar a la Contraloría la reconsideración de su fallo. Esto se llevará a cabo en la sede de la Contraloría en Santiago. Además, Huinca ha interpuesto una demanda por despido injustificado contra la municipalidad en los tribunales ordinarios.
La resolución
El documento se puede descargar haciendo clic en la imagen de abajo.

Con Información de www.lavozdepucon.cl






