Hombre de 82 años fue encarcelado de manera preventiva tras matar y descuartizar a su hermano de 75 en la villa Dominante de Coquimbo.

El Juzgado de Garantía de Coquimbo ha decidido dejar en prisión preventiva a H.R.P.V., de 82 años, quien ha sido imputado como autor del delito consumado de homicidio simple en un contexto de violencia intrafamiliar. Este crimen fue perpetrado en contra de su hermano de 75 años, entre el jueves y viernes pasados.

Durante la audiencia de formalización realizada este domingo, el juez Arturo Briceño Rivera ordenó la reclusión de H.R.P.V, al considerar que su libertad representa un peligro para la seguridad de la sociedad. Asimismo, se estableció un plazo de 120 días para la investigación.

La fiscalía expuso que, entre el 30 y 31 de octubre de 2025, en un domicilio de la villa Dominante en Coquimbo, y tras una discusión previa, el imputado agredió a su hermano utilizando objetos contundentes y cortantes, para luego asfixiarlo hasta causarle la muerte.

Una vez que su hermano falleció, H.R.P.V. comenzó a desmembrar su cuerpo con sierras y cuchillos, con el objetivo de ocultar el crimen. Este acto fue descubierto por los hijos de la víctima el sábado 1 de noviembre.

El juez explicó que «la circunstancia de irreprochable conducta anterior es un hecho objetivo que aparece en los antecedentes del imputado. No obstante, el tribunal no acepta la petición de la defensa de considerar que se ha colaborado de forma sustancial en el esclarecimiento de los hechos, dado que no ha existido una colaboración real».

«En esta etapa del proceso, no se puede afirmar que el imputado haya colaborado, ya que fue sorprendido por los hijos de la víctima tras negar la presencia de su hermano fallecido en el hogar«, agregó el magistrado.

«Considerando la gravedad del delito y la frialdad con que actuó el imputado, se concluye que representa un peligro para la sociedad, dado que después de asfixiar a su hermano, abandonó la casa regresando horas después y desmembrando posteriormente el cadáver para ocultarlo«, continuó el juez.

Asimismo, desestimó el argumento de la defensa que apuntaba a la edad avanzada del imputado. “Es cierto que el Estado de Chile protege a las personas mayores, pero en el ámbito penal no existe disposición que les permita enfrentar penas en sus domicilios. A pesar de los tratados internacionales que protegen a los adultos mayores, no se puede olvidar que la víctima también tenía 75 años”, afirmó el magistrado.

«El tribunal considera que no se puede afirmar que la colaboración del imputado fue realmente sustancial, ya que el hecho de haber prestado declaración fue solamente porque se vio en una situación donde no podía negar el hecho, ante las pruebas contundentes halladas en el lugar de los hechos. Por lo tanto, y de acuerdo al artículo 140 del Código Procesal Penal, se decreta la prisión preventiva de H.R.P.V.», concluyó el juez.

PURANOTICIA

Con Información de puranoticia.pnt.cl

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