El 13 de diciembre, la Primera Sala de la Corte de Santiago examinó el recurso de protección presentado por la Municipalidad de Ñuñoa en contra de la Delegación Presidencial Metropolitana. Esto se debió al cierre de calles en las cercanías del Estadio Nacional, donde se realizaron tres conciertos del artista Bad Bunny, todos organizados por la productora Bizarro.
El tribunal decidió declarar inadmisible el recurso. En su resolución unánime, el tribunal indicó que “el recurso de protección tiene la finalidad de restablecer el imperio del derecho (…)”, pero en este caso “ha perdido su oportunidad al cesar el acto que motivó su interposición”.
En su escrito, el municipio argumentó que “las acciones adoptadas (…) como el cierre de calles y veredas, han perjudicado gravemente el desplazamiento de los vecinos (…) y, especialmente, el acceso de los residentes a sus hogares”. También denunciaron que “se les ha impedido ilegal y arbitrariamente (…) el acceso a su propiedad (…) quedando completamente encerrados en ellas”.
A pesar de este revés judicial, el 14 de diciembre la Municipalidad de Ñuñoa presentó un nuevo recurso, esta vez contra el Instituto Nacional de Deporte (IND), administrador del Estadio Nacional. Esta acción fue respaldada por once juntas de vecinos, quienes acusaron que el actuar del IND “es ilegal y arbitrario (…) vulnera las garantías constitucionales del derecho de propiedad, (…) el derecho a vivir en un medio ambiente libre de contaminación y el respeto y protección de la vida privada y la honra”.
El escrito solicita que la delegación evite imponer restricciones de tránsito sin coordinación previa, que se asegure un acceso irrestricto a inmuebles y actividades económicas, y que tanto el IND como la Delegación Presidencial implementen, con al menos 60 días de antelación, medidas de mitigación, en colaboración con el municipio y las juntas de vecinos.
La fecha para la vista de este segundo recurso aún no ha sido fijada por la Corte de Apelaciones de Santiago.
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