La propuesta regula con más fuerza la participación, organización y facilitación de estas conductas.
La Cámara de Diputados aprobó, de manera unánime, este martes 13 de enero un proyecto de ley que endurece las sanciones para las carreras no autorizadas y la conducción temeraria, buscando mejorar la seguridad vial y proteger a peatones y conductores. Esta iniciativa, que ahora pasa al Senado para su segundo trámite, modifica la Ley de Tránsito y otras normas vigentes.
Definición de carreras no autorizadas y conductas temerarias
El texto legal señala que se considerará carrera no autorizada la conducción de vehículos motorizados excediendo la velocidad permitida, ya sea mediante desplazamientos simultáneos o sucesivos con respecto a otros vehículos.
Además, se considera conducción temeraria la realización de destrezas, derrapes, deslizamientos u otras maniobras peligrosas que pongan en riesgo la vida o integridad física de otros, cuando se hagan sin autorización de la autoridad competente, y en cualquier tipo de vía.
Aumento de penas y multas
El proyecto aprobado incrementa notablemente las sanciones para quienes participen en estas conductas. Quienes sean sorprendidos en una carrera no autorizada podrían enfrentar penas de presidio menor en su grado mínimo a medio, lo que significa entre 61 días y 3 años de cárcel, además de una multa de 2 a 10 UTM ($139.500 a $697.500).
Si la conducción temeraria causa lesiones menos graves o graves, la pena sube a presidio menor en su grado medio a máximo, con condenas que van desde 541 días hasta 5 años, junto con multas de 4 a 12 UTM ($279.000 a $837.000).
Sanciones más duras en caso de muerte o discapacidad
La iniciativa también endurece las penas cuando las consecuencias son más graves. Si la conducción temeraria causa discapacidad o deformidad, se aplicará presidio menor en su grado máximo, que va de 3 a 5 años. En caso de muerte, la sanción se aumenta a presidio mayor en su grado mínimo, con penas que oscilan entre 5 a 10 años de cárcel.
En ambos casos, se incluye el comiso del vehículo, multas de 20 a 50 UTM ($1.395.000 a $3.488.000), y la inhabilidad perpetua para conducir vehículos de tracción mecánica.
Responsabilidad de organizadores y facilitadores
El proyecto también sanciona a quienes faciliten vehículos sabiendo que se usarán en carreras no autorizadas, aplicándoles las mismas sanciones que a los conductores.
Por otro lado, quienes organicen estas actividades enfrentarán presidio menor en su grado mínimo, además de multas que van de 8 a 50 UTM ($558.000 a $3.488.000).
Agravantes y fiscalización automatizada
La normativa incluye como circunstancia agravante que estas maniobras ocurran cerca de establecimientos educacionales, centros de salud o zonas de alta afluencia de público, especialmente en áreas urbanas o donde el límite de velocidad sea igual o inferior a 50 km/h.
Además, el proyecto le da al Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones la facultad de instalar dispositivos del Sistema Automatizado de Tratamiento de Infracciones del Tránsito (CATI) en autopistas y caminos concesionados, para fortalecer la fiscalización de la conducción temeraria.
Con Información de www.chicureohoy.cl






