
La Cámara de Diputadas y Diputados aprobó ley que multa a los que no voten y eleva de 5 a 10 años los requisitos para extranjeros.
Con un respaldo masivo, el Congreso dio luz verde a dos iniciativas importantes para fomentar la participación electoral en Chile. Por un lado, se impone una multa de entre 0,5 y 1,5 UTM para los chilenos que no se presenten a votar. Y, paralelamente, se aprobó una reforma constitucional que elevará a 10 años la residencia definitiva requerida para que los extranjeros puedan ejercer su derecho al voto, duplicando el plazo actual de cinco años.
La ministra secretaria general de la Presidencia, Macarena Lobos Palacios, subrayó que estas medidas son el resultado del compromiso del Gobierno: “El Congreso aprobó la multa para quienes no voten y, a la vez, una reforma que aumenta los requisitos de participación para los extranjeros. Esta nueva normativa empezará a regir en 2026, así que no afectará las elecciones de noviembre próximo”.
El ministro del Interior, Álvaro Elizalde, resaltó la coherencia de la agenda del Gobierno: “Desde un inicio, hemos dejado claro que el voto obligatorio debía incluir sanciones. También planteamos la necesidad de revisar las reglas del voto extranjero, alineándolas con estándares internacionales. Hoy, gracias al trabajo de la ministra Lobos y al apoyo unánime, se llegó a un gran acuerdo en el Congreso”.
Multa para quienes no voten
La nueva legislación establece que aquellos que no se presenten a votar en las elecciones enfrentarán multas que varían entre 0,5 y 1,5 UTM. Quedan exentos quienes puedan justificar razones como enfermedad, estar fuera del país, tener residencia a más de 200 kilómetros del local de votación, o estar desempeñando funciones electorales el día de los comicios. Además, las personas con discapacidad certificada también estarán exceptuadas.
Nuevos requisitos para el voto de extranjeros
La reforma constitucional modifica el artículo 14 de la Constitución, indicando que los extranjeros deberán tener 10 años de residencia definitiva para acceder al sufragio. Además, no podrán tener salidas del país por más de 90 días dentro de un período de 12 meses durante ese tiempo.
El cambio también modifica el artículo 15 de la Constitución, eliminando el término “elector” para adecuar la redacción a la nueva norma sobre el voto obligatorio. Según lo aprobado, estas disposiciones comenzarán a aplicarse a partir de 2026, en el siguiente ciclo electoral.
Con estas medidas, el Gobierno y el Congreso están avanzando en robustecer la democracia; buscando una mayor participación ciudadana y regulando más estrictamente el voto de extranjeros en Chile.
Con Información de portalmetropolitano.cl
