Valparaíso

Tribunal Ambiental instruye a Conaf a emitir una nueva resolución tras el rechazo de excavaciones en el Parque Juan Fernández.

El Segundo Tribunal Ambiental ha admitido la reclamación presentada por Bernard Keiser, un historiador y empresario estadounidense. El tribunal ha ordenado a la Conaf que emita una nueva resolución “debidamente fundamentada” sobre la autorización de entrada al Parque Nacional Archipiélago Juan Fernández para llevar a cabo excavaciones en busca de restos históricos en la zona.

Es relevante recordar que, en septiembre de 2024, la Dirección Regional Valparaíso de la Conaf rechazó la solicitud de acceso de Keiser al parque, argumentando que el proyecto no cumplía con lo establecido en los artículos 63 y 94 de la Ley N°21.600, que establece el Servicio de Biodiversidad y Áreas Protegidas (SBAP) y el Sistema Nacional de Áreas Protegidas (SNAP). Según estas normativas, el permiso para ejecutar proyectos que no requieren una evaluación ambiental obligatoria solo se otorgará si se ajustan a la categoría de área protegida, a su objeto de protección y al plan de manejo del área.

En este marco, el fallo revisó detalladamente los requisitos legales necesarios para autorizar la actividad mencionada en un área protegida del Estado, y evaluó las razones expuestas por Conaf para rechazar el permiso en la resolución cuestionada.

“A partir de lo anterior, el Tribunal concluyó que la Resolución N° 293/2024 no cumple con el deber de fundamentación necesario para demostrar la falta de ajuste de las actividades del proyecto a la categoría de Parque Nacional, su objeto de protección y el plan de manejo del área; elementos exigidos por el artículo 94 de la Ley N° 21.600. Esto evidencia un vicio de legalidad en el acto reclamado, al no ajustar su decisión a los fundamentos presentados”, concluye el fallo.

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La sentencia expone que la Ley N°21.600 establece tres requisitos vinculados y necesarios para conceder un permiso para actividades transitorias en un área protegida del Estado, como lo es el Parque Nacional Archipiélago Juan Fernández: que la actividad se ajuste a la categoría -en este caso, Parque Nacional-, al objeto de protección y al plan de manejo del área, y no exceda su duración en un año.

En cuanto al primer requisito, el Tribunal señala que la resolución de Conaf, que negó el ingreso al parque, se limitó a realizar un cuestionamiento general sobre la definición legal de Parque Nacional, sin detallar cómo el proyecto de excavación se contradice concretamente con esa definición normativa.

“La falta de claridad en este aspecto impide extraer de dicho acto administrativo los fundamentos que justifiquen la decisión de la autoridad, un elemento crucial para cumplir con un requisito legal, lo que obliga a la autoridad a demostrar, con un estándar adecuado de argumentación, cómo se incumpliría con dicho presupuesto, lo cual no se observa en este caso” (…) “la falta de un desarrollo argumentativo que justifique la falta de ajuste del proyecto a la categoría de Parque Nacional, configura una deficiencia insoslayable del acto reclamado en relación con el primer requisito establecido en el artículo 94 de la Ley N° 21.600”, indica el fallo.

En relación con la compatibilidad del proyecto con el objeto de protección, el Tribunal concluye que el argumento de Conaf “evidencia una falta de motivación necesaria para sustentar su decisión, al no indicar de qué manera el proyecto entra en conflicto con el objeto de protección del área, ya que no basta una referencia general como la presentada en el acto reclamado, sin mayor desarrollo o elementos que la respalden.”

Conaf fundamentó su rechazo en una posible incompatibilidad general de las actividades de sondaje con los objetivos de estas zonas de uso, sin explicar, en este caso concreto, cómo tales supuestos se manifestarían. La Corporación tampoco consideró las características específicas del proyecto en cuanto a su magnitud y temporalidad: en efecto, se prevé una superficie de 195 metros cuadrados, de los cuales solo el 30% se destinaría a los sondajes, con una duración que no excedería los ocho meses.

“En este contexto, la falta de una adecuada justificación de su decisión por parte de la autoridad anula la misma, al no cumplir con lo estipulado en el artículo 94 de la Ley N° 21.600, que permite que actividades que se ajusten a sus requisitos sean desarrolladas, siempre y cuando sean temporales o no requieran de la instalación de infraestructura permanente.”

Cabe destacar que esta es la primera reclamación presentada al Segundo Tribunal Ambiental, relacionada con la aplicación efectiva de la Ley N°21.600, que establece el Servicio de Biodiversidad y Áreas Protegidas y el Sistema Nacional de Áreas Protegidas. También es importante señalar que, mientras el SBAP está en proceso de implementación, la Conaf sigue siendo la responsable de revisar y emitir este tipo de autorizaciones en su calidad de administradora de áreas protegidas.

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  • Entre 1999 y 2012, el reclamante recibió cinco RCA favorables para su proyecto.
  • Entre 2004 y 2018 presentó cinco consultas de pertinencia de ingreso al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) sobre el proyecto de excavación y sus modificaciones. En cada ocasión, la autoridad ambiental determinó que no era necesario ingresar al sistema.
  • El 10 de febrero de 2022, presentó una nueva consulta de pertinencia para el proyecto “Sondaje de Descarte en Puerto Inglés, Isla Robinson Crusoe”. Inicialmente, la Dirección Regional del SEA de Valparaíso indicó que era obligatorio, pero posteriormente determinó que no era necesario someter la iniciativa al SEIA antes de su ejecución.
  • En marzo y julio de 2023 y febrero de 2024, el explorador solicitó a Conaf Valparaíso autorización para ingresar al Parque Nacional Archipiélago Juan Fernández, siendo rechazada en cada ocasión.
  • El 13 de septiembre de 2024, Bernard Keiser presentó una reclamación ante el Segundo Tribunal Ambiental contra la última resolución de la Dirección Regional Valparaíso de Conaf (Res. Ex. N°293, del 1 de agosto de 2024), la cual fue admitida a trámite con el rol R-482-2024.
  • El 19 de junio de 2025, se llevó a cabo la audiencia, en la que participaron los abogados José Antonio Urrutia Riesco, en representación del reclamante Bernard Keiser, y Nicolás Escobar Gómez, del Consejo de Defensa del Estado, en representación de la Dirección Regional de Valparaíso de Conaf.

(Imagen: Go Chile)

PURANOTICIA

Con Información de puranoticia.pnt.cl

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