viernes 21 febrero 2025
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SMA multa a empresa agrícola de Nancagua por olores desagradables en su criadero de cerdos.

La Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) ha iniciado un procedimiento sancionatorio contra la empresa Agrícola AASA LTDA. por el proyecto “Ampliación Plantel de Cerdos Leñadura”, vinculado a la unidad fiscalizable Plantel Leñadura-Nancagua, en la comuna de Nancagua, región de O’Higgins.

Esta acción se lleva a cabo tras detectar un incumplimiento del permiso ambiental relacionado con el proyecto, debido a modificaciones realizadas por la empresa sin contar con una resolución de calificación ambiental (RCA) que las evalúe.

El caso surge a raíz de 49 denuncias ciudadanas por la emisión de malos olores provenientes del plantel de cerdos. En respuesta, la SMA realizó diversas actividades de fiscalización, incluyendo revisiones de documentación e inspecciones en terreno.

Malos olores

Entre las irregularidades encontradas, se evidenció que la empresa no ha cumplido con su obligación de retirar los lodos de la laguna anaeróbica cada dos años, tal como estipula la RCA, y que nunca ha realizado dicho retiro.

Además, se constató que la empresa hizo modificaciones significativas al sistema de tratamiento de purines y amplió la superficie de riego sin someter estos cambios a evaluación ambiental.

Como resultado, la SMA ha presentado dos cargos contra la empresa. El primero se clasifica como leve, mientras que el segundo es considerado grave.

El primer cargo se relaciona con la falta de extracción de lodos de la laguna anaeróbica en la frecuencia establecida por la evaluación ambiental.

El segundo cargo se basa en las modificaciones sustanciales al sistema de tratamiento de purines y el aumento desmedido de la superficie de riego, acciones que generaron nuevos impactos en los recursos hídricos, el suelo y la calidad del aire, sin que estos cambios fueran evaluados en el Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA).

Procedimiento sancionatorio

La superintendenta del Medio Ambiente (s), Claudia Pastore, aclaró que “tras el análisis realizado, existen antecedentes suficientes para iniciar este procedimiento sancionatorio. En este contexto, de acuerdo con la Ley Orgánica de la SMA, el titular tiene la opción de presentar un programa de cumplimiento o sus descargos”.

Es importante recordar que las empresas infractoras en casos leves pueden ser sancionadas con una amonestación escrita o una multa que puede llegar hasta 1.000 Unidades Tributarias Anuales (UTA).

En cuanto a las infracciones graves, los titulares de los proyectos se enfrentan a sanciones que pueden incluir la revocación de la RCA, clausura de las instalaciones o multas de hasta 5.000 UTA. Por lo tanto, después del inicio del procedimiento sancionatorio, Agrícola AASA LTDA. podría enfrentar una multa que supera los $4.845 millones (considerando el valor actual de la UTA).

El titular del Plantel Leñadura-Nancagua tiene un plazo de 10 días hábiles para presentar un programa de cumplimiento y 15 días hábiles para presentar sus descargos, ambos plazos a contar desde la notificación correspondiente.

Con Información de www.diarioelpulso.cl

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