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SERNAC invita a emprendedores a registrarse en su plataforma tras el aumento de empresas formales.

Con la reciente aprobación de la Ley de Cumplimiento Tributario, varias tiendas que venden productos a través de redes sociales, especialmente en Instagram, han anunciado su intención de formalizarse.

¿Qué implica esto? En lugar de ser una mala noticia, este cambio es en realidad muy positivo, ya que representa el paso de un negocio o emprendimiento a una empresa formal, regulada por la ley, que tiene derechos y obligaciones tributarias y todos los permisos necesarios para operar.

¿Y cuál es la importancia de esto para los consumidores? Es sencillo. Al formalizarse, todas las personas que realicen compras en estas tiendas contarán con derechos protegidos por la Ley del Consumidor (LPDC), que incluyen: información veraz y en tiempo, garantía legal y derecho a retracto para las compras realizadas por internet.

Esta evolución mejorará la relación entre las empresas y los consumidores, por lo cual es fundamental que las tiendas formalizadas se registren como proveedores válidos en SERNAC.

¿CÓMO REGISTRAR MI EMPRESA FORMALIZADA EN SERNAC?

Primero, las empresas deben registrarse en el Portal del Proveedor, un espacio digital creado para gestionar sus reclamos, solicitudes de No Molestar, avisos de incumplimiento y solicitudes de baja, de manera virtual.

Pueden acceder a este portal a través de SERNAC.cl, siguiendo los pasos indicados, y aceptando las condiciones del “Protocolo de Relacionamiento Sernac Proveedores”, lo que les permitirá obtener un nombre de usuario y una contraseña para acceder al sistema.

En el portal, las empresas tendrán acceso a los reclamos ingresados por los consumidores, lo cual les permitirá gestionarlos, responder y encontrar soluciones.

Por lo tanto, es crucial que los proveedores realicen un monitoreo constante del Portal del Proveedor y revisen el correo electrónico que proporcionaron al registrarse, a fin de atender sus solicitudes de manera oportuna.

PYMES Y LEY DEL CONSUMIDOR

Es esencial recordar que, según el Estatuto Pymes, las micro, pequeñas y medianas empresas son también consideradas consumidoras. Por ende, sus relaciones con los proveedores están sometidas a la Ley del Consumidor.

Esto significa que tienen derechos, como la libre elección de bienes y servicios, la posibilidad de reparación e indemnización, y el respeto a los términos contratados. Sin embargo, en caso de conflictos con sus proveedores, deben acudir directamente al juzgado de policía local y no a SERNAC.

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Con Información de osornoenlared.cl

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