Metropolitana

PGU para quienes son beneficiarios de leyes reparadoras

IPS: PGU para beneficiarios de leyes reparatorias

Desde el IPS hicieron un llamado a las personas mayores de 82 años que son beneficiarias de leyes reparatorias para que postulen a la PGU.

De acuerdo a lo que señala la Reforma de Pensiones, aquellas personas que reciben pensiones por leyes de Reparación o de Gracia y que tengan 82 años o más, también podrán acceder a la Pensión Garantizada Universal si cumplen con todos los requisitos.

Los interesados pueden ingresar su solicitud en www.chileatiende.cl o hacerlo en persona en alguna de las sucursales de ChileAtiende.

La Reforma de Pensiones avanza en la PGU para las leyes reparatorias

El Instituto de Previsión Social (IPS) y la Subsecretaría de Previsión Social se reunieron en la Región Metropolitana con representantes de agrupaciones de beneficiarios que reciben pensiones por leyes de reparación y gracia.

El objetivo principal fue informar que las personas que cumplían 82 años o más al 1 de septiembre de 2025 pueden ya solicitar la Pensión Garantizada Universal (PGU).

El evento se transmitió también por streaming a todas las regiones del país desde las direcciones regionales del IPS.

Actualmente, la mayoría de quienes reciben beneficios de reparación no cuentan con la PGU.

Solo un grupo pequeño accede a una parte cuando su pensión de reparación (Valech, Rettig o Exonerados) o de gracia es inferior al monto máximo del beneficio.

A partir de ahora, con la Ley N° 21.735, quienes cumplan con todos los requisitos podrán recibir el monto completo del beneficio.

Es decir, $250.000 mensuales desde septiembre, según un calendario por tramos de edad.

«Es clave que todos tengan esta info»

En la reunión, el subsecretario de Previsión Social, Claudio Reyes, destacó la importancia de que los beneficiarios de leyes reparatorias sepan sobre el aumento de la Pensión Garantizada Universal a $250.000 que viene con la Reforma de Pensiones, especialmente en el primer reajuste que comenzará en septiembre para las personas de 82 años y más.

“Es fundamental que se difunda esta información porque la PGU, en el caso de quienes tienen beneficios de reparación, debe ser solicitada. Esto ya se puede hacer desde junio, pero deben contar con el Registro Social de Hogares”, comentó el subsecretario.

“Es esencial que todos tengan acceso a esta información para que los beneficiarios puedan ejercer este derecho”, agregó.

El director nacional del IPS, Juan José Cárcamo Hemmelmann, hizo un llamado a quienes conocen a alguien de 82 años o más con un beneficio de reparación, para que le transmitan esta información y lo orienten para que pida el beneficio en www.chileatiende.cl o en alguna de nuestras 202 sucursales ChileAtiende a lo largo del país.

Cabe recordar que en septiembre, la PGU contará automáticamente con el aumento a $250.000 para todas las personas de 82 años o más que ya la estén recibiendo, sin necesidad de hacer una solicitud.

Para los demás grupos de edad, hay un calendario que se extenderá hasta el 2027

¿Cuándo pueden solicitar la PGU las personas con beneficios de reparación según su edad?

Edad requerida a septiembre de cada añoFecha desde la que pueden presentar la solicitud de PGU personas con pensión de reparación
Grupo 82 años o másJunio 2025
Grupo 75 años o másJunio 2026
Grupo 65 años o másJunio 2027

Requisitos del IPS para acceder a la PGU de leyes reparatorias

Para acceder a la PGU, más allá de contar con un beneficio de reparación, hay que cumplir ciertos requisitos.

Los principales son:

  • No pertenecer al 10% más rico del país (esto lo determina el IPS).
  • Tener una pensión base menor o igual a $1.210.828 (no se incluye el beneficio por ley de reparación como parte de la pensión base).
  • Acreditar al menos 20 años de residencia en Chile desde los 20 años, y haber vivido aquí al menos 4 de los últimos 5 años antes de la fecha de la solicitud.

¿Dónde solicitar la PGU?

El IPS ofrece diversas formas para solicitar el beneficio:

  • En las sucursales ChileAtiende del Instituto de Previsión Social.
  • Por Internet: en www.chileatiende.cl con ClaveÚnica (también hay videoatención sin necesidad de ClaveÚnica).
  • En el municipio, AFP o compañías de seguros, si estás afiliado a alguna de ellas.

Para más info, pueden llamar al Call Center 101 de ChileAtiende, al 600 440 0040, o escribir a las redes sociales @ChileAtiende en X, Facebook e Instagram.

Con Información de portalmetropolitano.cl

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