Metropolitana

Nueva propuesta de cotización en la Reforma de Pensiones.

Empleadores: El IPS anunció que la nueva cotización comenzará a regir a partir de los sueldos de agosto de 2025.

El Instituto de Previsión Social (IPS) comunica que:

Según la Ley N° 21.735 sobre la Reforma de Pensiones, desde la remuneración de agosto de 2025, todos los empleadores en Chile deberán hacer un aporte adicional del 1% del sueldo imponible de cada trabajador y trabajadora. Esto ayudará a mejorar las pensiones.

Para potenciar las pensiones presentes y futuras, la Ley N° 21.735 establece un aumento gradual en las cotizaciones, que será cubierto por los empleadores. En esta primera etapa, corresponde aportar un 1% adicional.

Esto comenzará a aplicarse con las remuneraciones de agosto de 2025, y las cotizaciones se abonan normalmente a inicios de septiembre. Este aporte se sumará a las cotizaciones regulares del trabajador o trabajadora.

El aporte debe integrarse en el plazo mensual establecido para el pago de las cotizaciones, o sea, hasta el día 13 del mes siguiente al pago de los sueldos, siempre que la declaración y pago se realice por vía electrónica.

Para ello, la entidad encargada de la recaudación hará las adecuaciones necesarias al formulario actual.

Esta será la primera de varias alzas que, a lo largo del tiempo, llevarán la cotización del empleador hasta un 8,5% del sueldo imponible en el año 2033, comenzando con el 1% mencionado.

De este porcentaje, un 0,1% irá directamente a las cuentas individuales de las AFP, aumentando así el ahorro previsional de los trabajadores; mientras que el 0,9% restante se destinará al Seguro Social Previsional, para financiar la Compensación por Expectativas de Vida para las mujeres. Esto buscará cerrar la brecha previsional que resulta de su mayor longevidad, traduciéndose en pensiones más justas.

Con el avance de la reforma, el Seguro Social Previsional también incluirá el porcentaje correspondiente al Beneficio por Años Cotizados.

Además, la cotización que actualmente aportan los empleadores por el Seguro de Invalidez y Sobrevivencia (SIS) se integrará a este Seguro Social, consolidando así todos los aportes de los empleadores.

Calendario de Incrementos Graduales

Este 1% adicional inicial es el primer paso de una serie de ajustes que, de manera escalonada, elevarán la contribución del empleador al 8,5% del sueldo imponible para 2033, según el siguiente calendario:

Próximos Pasos

Es clave que durante este tiempo los empleadores afinen sus procesos internos para el pago de este adicional del 1%, que se aplicará a las remuneraciones de agosto de 2025.

También es importante mencionar que la Superintendencia de Pensiones publicó la Norma de Carácter General N° 336, que establece para las instituciones involucradas los procedimientos específicos de recaudación y distribución de estos nuevos aportes, la cual se puede consultar en www.spensiones.cl.

Para más info, puedes ingresar a www.lareformadepensiones.cl, www.chileatiende.cl, www.ips.gob.cl.

Con Información de portalmetropolitano.cl

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