Los Lagos

Nueva cotización fijada en la Reforma de Pensiones entra en vigor con la remuneración de agosto.

Con el propósito de mejorar las pensiones tanto actuales como futuras, la Ley N° 21.735 implementará un aumento gradual de las cotizaciones, a ser absorbido por los empleadores. En la primera fase, se añadirá un 1% adicional que se aplicará sobre las remuneraciones de agosto de 2025, cuyas cotizaciones previsionales se pagan generalmente a principios de septiembre, y se sumará a las contribuciones regulares del trabajador.

 

Este aporte deberá realizarse dentro del plazo mensual establecido para el pago de las cotizaciones, es decir, hasta el día 13 del mes siguiente al pago de las remuneraciones, siempre que la declaración y el pago se efectúen de manera electrónica. Para ello, la entidad recaudadora ajustará el formulario correspondiente.

 

El Seremi de Trabajo y Previsión Social, Ricardo Ebner Torres, comentó: “Esta reforma tiene objetivos concretos: mejorar las pensiones de los actuales y futuros jubilados, reformar el sistema de pensiones en función de su operación, e incluir a los empleadores como actores clave en el aporte a las cotizaciones previsionales. Esta ley, en proceso de implementación desde este año, establece que a partir de agosto, los empleadores comenzarán a contribuir al fondo de seguridad social. La incorporación será gradual, de modo que en nueve años el aporte del empleador alcanzará un 8,5% de su cotización para fines previsionales”.

 

El incremento del 1% es solo el inicio de una serie de aumentos, que elevarán la cotización del empleador hasta un 8,5% del sueldo imponible para el año 2033. De este porcentaje inicial, un 0,1% se destinará directamente a las cuentas individuales de AFP para aumentar el ahorro previsional de los trabajadores, mientras que el 0,9% restante se destinará al Seguro Social Previsional, sirviendo para financiar la Compensación por Expectativas de Vida para las mujeres y contribuyendo a reducir la brecha previsional asociada a su mayor longevidad, lo que resulta en pensiones más justas.

 

Marcelo Álvarez Curumilla, director regional del IPS Chile Atiende, señaló: “Estamos informando a los empleadores que es fundamental empezar a pagar el 1%, lo que significará una nueva obligación para todas las empresas, independientemente de su tamaño. Esta cotización deberá ser reportada en un formulario que ya ha sido modificado para tal fin, y se completará en el mes de agosto, con un plazo de pago que llegará hasta el 10 de septiembre, o el 3 de septiembre si se realiza de forma electrónica”.

 

A medida que la reforma avance, el Seguro Social Previsional incorporará el porcentaje asignado al Beneficio por Años Cotizados. Además, la cotización que actualmente realizan los empleadores por el Seguro de Invalidez y Sobrevivencia (SIS) se integrará a este Seguro Social, consolidando así las contribuciones a cargo del empleador.

 

Calendario de incrementos graduales

 

El primer 1% adicional corresponde a la fase inicial de aumentos escalonados que llevarán la contribución del empleador al 8,5% del sueldo imponible para el año 2033, según el siguiente calendario:

 

 

Próximos pasos

 

Es esencial que durante este período los empleadores ajusten sus procesos internos para el pago de esta cotización adicional del 1%, que comenzará a aplicarse desde las remuneraciones de agosto de 2025.

 

Además, la Superintendencia de Pensiones ha publicado la Norma de Carácter General N° 336, que establece procedimientos específicos de recaudación y distribución de estos nuevos aportes, la cual se puede consultar en el sitio www.spensiones.cl.

 

Para más información, visite www.lareformadepensiones.cl, www.chileatiende.cl y www.ips.gob.cl.

Con Información de osornoenlared.cl

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