Luego de su despacho desde el Congreso Nacional, fue publicada en el Diario Oficial la ley N° 21.708, que modifica la Ley del Consumidor, imponiendo nuevos deberes a los proveedores de servicios de telecomunicaciones.
En particular, la nueva normativa obliga a todas las empresas de telecomunicaciones a informar a los usuarios sobre la existencia de planes que sean objetivamente más favorables, ya sea ofreciendo uno o más servicios al mismo precio o a un costo menor, o brindando los mismos servicios a un precio inferior.
De este modo, tras su publicación en el Diario Oficial, estas opciones de planes más ventajosos se reflejarán en la próxima boleta de facturación de los servicios contratados.
Esto se debe a que la normativa establece que la información debe ser comunicada en la boleta una vez que el plan haya comenzado a ofrecerse, y también podrá enviarse de forma complementaria a través de correo electrónico.
Andrés Herrera, director nacional del Sernac, indicó que «esta reforma tiene como objetivo que, en el caso de clientes que tienen servicios contratados con una determinada empresa, sea esta misma compañía la que proactivamente les informe sobre los planes que son objetivamente mejores, incluyendo sus características técnicas y precios».
Además, agregó que «por lo tanto, al ser una obligación constante para las empresas, no podrán omitir información sobre planes más beneficiosos, ya que eso constituiría una infracción a la Ley del Consumidor».
El Servicio Nacional del Consumidor ya ha notificado de forma preventiva a las principales compañías de telecomunicaciones del país: Movistar, Entel, Wom, Claro y VTR.
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Con Información de puranoticia.pnt.cl