Por Cristian Alvarez
El lunes, durante una visita informativa en un centro comercial en el centro de Santiago, la Dirección del Trabajo hizo un llamado a respetar los feriados irrenunciables que se celebrarán el 25 de diciembre y el 1 de enero. Este llamado es especialmente dirigido al comercio, cuyo personal será el principal beneficiado, ya que el incumplimiento de estas normativas puede resultar en multas de hasta 20 UTM por trabajador. El director de la entidad fiscalizadora anunció que se iniciarán procesos de fiscalización y pidió a los trabajadores que denuncien cualquier incumplimiento.
Todos tienen derecho a disfrutar de estas festividades en compañía de sus seres queridos, especialmente aquellos que laboran en el comercio. Se les recuerda estar atentos y denunciar cualquier intento de lo contrario. La Dirección del Trabajo, en su inspección del lunes, reiteró la importancia de cumplir con los feriados irrenunciables del 25 de diciembre (Navidad) y del 1 de enero (Año Nuevo).
Esta misma mañana, funcionarios de la entidad reguladora visitaron varios locales en el mall “Espacio M”, en el corazón de Santiago, para informar sobre el derecho a estos días de descanso. En caso de incumplimiento, se imponen multas: “Los trabajadores del comercio no deben laborar durante estos días. El descanso debe comenzar, a más tardar, a las 8 de la noche del 24 de diciembre y finalizar a las 6 de la mañana del 26 de diciembre. Vamos a estar vigilando y recibiendo denuncias. Dado que son días clave para el comercio, las multas por trabajador pueden alcanzar hasta 20 UTM, en caso de que se determine que un trabajador está en funciones cuando debería estar descansando”, declaró Pablo Zenteno, director del Trabajo.
Las sanciones varían según el tamaño de la empresa. Para microempresas de hasta 9 trabajadores, la multa será de 5 UTM ($336.470) por cada trabajador afectado. En pequeñas empresas (de 10 a 49 trabajadores), la multa también será de 5 UTM; para medianas empresas (de 50 a 199 trabajadores), la sanción asciende a 10 UTM ($672.940); y para grandes empresas (de 200 o más trabajadores), la multa alcanza 20 UTM ($1.345.880) por cada trabajador afectado. El director del Trabajo mencionó que se intensificarán las fiscalizaciones, aunque los locales cuyos dueños manejan directamente los negocios pueden seguir operando: “Vamos a comenzar con las fiscalizaciones. El año pasado realizamos 300, con multas que sumaron aproximadamente $105 millones. Del total, el 20% resultó en incumplimientos. Hacemos un llamado a respetar los derechos laborales. Los negocios con dueños que los operan personalmente pueden abrir, ya que no existe relación laboral”, aseguró Zenteno.
Si se sorprende a empresas operando en horarios irregulares, los trabajadores deben suspender sus labores y abandonar sus puestos de trabajo, y se aplicará la multa al empleador. También quedan exentas de esta normativa las estaciones de servicio y farmacias de turno. Si observa o desea denunciar alguna irregularidad, puede hacerlo a través de la página web www.direcciondeltrabajo.cl, mediante un banner específico, o llamando al 600 450 4000, entre las 09:00 y las 15:00 horas, el 25 de diciembre y el 1 de enero.
Con Información de radioportales.cl