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La Dirección del Trabajo hace un llamado a los empleadores para que respeten los feriados de Navidad y Año Nuevo, considerados irrenunciables.

La Dirección del Trabajo (DT) insta a los empleadores del sector comercio a cumplir de manera íntegra con los feriados obligatorios e irrenunciables del 25 de diciembre y 1 de enero de 2025, los cuales benefician a los trabajadores y trabajadoras del área.

El organismo enfatizó que las sanciones serán impuestas por cada empleado afectado por la infracción del empleador. En empresas de mayor tamaño, las multas pueden ascender hasta 20 UTM ($1.345.880) por trabajador.

Durante la Navidad 2023 y el Año Nuevo 2024, se registraron 60 multas que suman un total de $105.654.592.

Este llamado fue realizado en una actividad de difusión de derechos laborales en el Mall Espacio M, ubicado en el centro de Santiago, liderada por el director del Trabajo, Pablo Zenteno.

En compañía de un equipo de la Dirección Regional del Trabajo Metropolitana Poniente y de la responsable del Ramal Comercio de la Central Unitaria de Trabajadores (CUT), Karen González, la autoridad recorrió el centro comercial distribuyendo folletos con las normas legales aplicables en ambas fechas y conversando con los trabajadores.

Dirigiéndose a los empleadores, Zenteno los instó “a tomar todas las medidas necesarias para asegurar que el comercio permanezca cerrado, salvo en los casos expresamente autorizados por la ley. La normativa incluye sanciones significativas que pueden alcanzar hasta 20 UTM por cada trabajador. En años anteriores hemos implementado diversos programas de fiscalización, así que reitero el llamado a que se cumpla con esta normativa”.

Asimismo, el director abordó los horarios de operación que deben respetar los establecimientos en los días previos a estos feriados. Recordó que, según la Ley 19.973, los trabajadores del comercio deben cerrar sus labores a las 20:00 horas del 24 de diciembre y reanudar a las 06:00 horas del 26 de diciembre, y de igual manera, deben salir a las 20:00 horas del 31 de diciembre y volver a las 06:00 horas del 2 de enero de 2025.

«Estos son derechos laborales irrenunciables y fundamentales. Deseamos que en esta Navidad y en este año nuevo, todos los trabajadores y trabajadoras tengan la oportunidad de pasar tiempo de calidad con sus familias», afirmó Zenteno.

La DT planea realizar un total de 186 fiscalizaciones a nivel nacional, cifra que podría incrementarse de acuerdo a las denuncias recibidas.

Específicamente por regiones, se prevén las siguientes fiscalizaciones: Arica y Parinacota (9), Tarapacá (9), Antofagasta (12), Atacama (9), Coquimbo (12), Valparaíso (12), Metropolitana (24), O’Higgins (12), Maule (12), Ñuble (9), Biobío (12), La Araucanía (12), Los Ríos (9), Los Lagos (12), Aysén (9) y Magallanes (12).

Excepciones al descanso obligatorio

Los trabajadores que quedan excluidos de los feriados obligatorios e irrenunciables del 25 de diciembre de 2024 y 1 de enero de 2025 son aquellos que laboran en restaurantes; lugares de entretenimiento como cines, espectáculos en vivo, discotecas, pubs, cabarets y clubes; locales comerciales en aeródromos y aeropuertos; casinos de juegos y otros lugares de apuestas autorizados; estaciones de servicio, farmacias de urgencia y farmacias con turnos establecidos por la autoridad sanitaria.

También deberán trabajar los empleados de las denominadas «tiendas de conveniencia» que están adosadas a servicentros y que venden alimentos preparados in situ.

Como compensación, Zenteno recordó que “desde 2016 existe una norma que establece que los trabajadores que están exceptuados del feriado obligatorio e irrenunciable tendrán derecho a un día de descanso al menos una vez cada dos años, siempre que sigan contratados por el mismo empleador. Por ejemplo, si un trabajador trabajó el 25 de diciembre de 2023 o el 1 de enero de 2024, deberá contar con un día de descanso en el próximo ciclo”.

Fiscalización y sanciones

El Departamento de Inspección de la DT llevará a cabo turnos especiales para un programa de fiscalización que garantice el cumplimiento de la normativa establecida.

Las infracciones cometidas por los empleadores por no respetar los feriados del 25 de diciembre y 1 de enero conllevan multas que oscilan entre 5 UTM ($336.470 a diciembre de 2024) y 20 UTM ($1.345.880 a diciembre de 2024) por cada trabajador afectado por la infracción, calculando el total de trabajadores de la empresa.

Microempresa (1 a 9 trabajadores): 5 UTM ($336.470) por trabajador afectado.
Pequeña empresa (10 a 49 trabajadores): 5 UTM ($336.470) por trabajador afectado.
Mediana empresa (50 a 199 trabajadores): 10 UTM ($672.940) por trabajador afectado.
Gran empresa (200 o más trabajadores): 20 UTM ($1.345.880) por trabajador afectado.
Si se sorprende a trabajadores cumpliendo turnos sin justificación, deberán cesar sus labores y abandonar el lugar de trabajo, en tanto que se procederá a sancionar al empleador.

Los establecimientos comerciales atendidos por sus propios dueños y/o familiares directos podrán abrir, ya que no existe una relación laboral.

En caso de no proporcionar el descanso alternado a los trabajadores que laboraron en el feriado del año anterior, los empleadores se enfrentarán a multas que van de 5 UTM ($336.470 a diciembre de 2024) a 20 UTM ($1.345.880 a diciembre de 2024) por cada trabajador afectado, considerando el total de empleados de la empresa. (Inc. final, Art. 2. Ley 19.973).

Microempresa (1 a 9 trabajadores): 5 UTM ($336.470) por trabajador afectado.
Pequeña empresa (10 a 49 trabajadores): 5 UTM ($336.470) por trabajador afectado.
Mediana empresa (50 a 199 trabajadores): 10 UTM ($672.940) por trabajador afectado.
Gran empresa (200 o más trabajadores): 20 UTM ($1.345.880) por trabajador afectado.
(*) Valor de la UTM diciembre de 2024: $67.294.

Canal de denuncias

En el sitio web de la Dirección del Trabajo, www.direcciondeltrabajo.cl, se habilitará un banner para recibir denuncias o acceder a la normativa vigente sobre feriados obligatorios e irrenunciables. También se podrán efectuar denuncias los días 25 de diciembre y 1 de enero a través del Centro de Atención Telefónica, cuyo número es el 600 450 4000, disponible entre las 09:00 y las 15:00 horas de esos días.

Resultados de las fiscalizaciones de Navidad 2023 y Año Nuevo 2024

El programa de inspección para ambos feriados ha dado como resultado:

Fiscalizaciones realizadas: 283

Empresas sancionadas: 59

Número total de multas: 60

Número de infracciones registradas: 66 (una multa puede abarcar varias infracciones)

Monto total de multas: $105.654.592.

Número de trabajadores fiscalizados: 1.223 chilenos y 120 extranjeros.

Número de trabajadores enviados a casa durante Navidad: 44.

Número de trabajadores enviados a casa durante Año Nuevo: 40.

Con Información de hoysantiago.cl

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