Valparaíso

La defensa del condenado por la agresión a Nabila Rifo apela a la Corte Suprema para que se revoque su libertad condicional.

Mauricio Ortega, condenado por la violenta agresión a Nabila Rifo, ha presentado un recurso ante la Corte Suprema para mantener el beneficiode libertad condicional que le había otorgado la Comisión de Libertades Condicionales de Coyhaique, pero que fue revocado recientemente por la Corte de Apelaciones de esa ciudad.

La revocación del beneficio se basó en que la víctima no fue adecuadamente notificada, por lo que Rifo no tuvo la oportunidad de ser escuchada ante la comisión, esto como resultado de un recurso de amparo presentado por el Servicio Nacional de la Mujer y la Equidad de Género (SernamEG).

En su apelación, el abogado de Ortega, Cristián Muñoz, argumenta que su cliente cumple con los requisitos necesarios para acceder al beneficio y sostiene que se han seguido las normas del proceso, por lo cual considera que el máximo tribunal debería desestimar la decisión del tribunal de alzada de Coyhaique.

La defensa se refiere a los informes de los jueces que formaron parte de la comisión que concedió el beneficio, quienes señalaron que “los requisitos para otorgar la libertad condicional a Ortega están fundamentados en el tiempo de pena cumplido, su bajo compromiso delictual y su intachable conducta, que se ha mantenido a lo largo de su tiempo en prisión, desde mayo de 2016, ya sea en prisión preventiva o en cumplimiento de condena”.

Además, el escrito menciona que Ortega es uno de los postulantes con mejores perspectivas de reinserción, gracias a su entorno familiar, un hecho del que Gendarmería está al tanto.

El abogado también argumentó que el recurso de amparo del SernamEG no es aplicable en este caso “ya que el amparo constitucional, según la Constitución está dirigido a actos u omisiones ilegales que priven, perturben o amenacen la libertad personal y la seguridad individual”.

La defensa sostiene que esta situación no se aplica, ya que la comisión actuó dentro de sus atribuciones y que el informe desfavorable de Gendarmería “no invalida automáticamente la decisión”, dado que se consideran múltiples factores.

Además, la apelación indica que no hay una amenaza directa a la seguridad de Nabila Rifo. Según el abogado Cristián Muñoz, “la posible amenaza a la seguridad individual debe ser real, inminente y actual. No basta con el temor legítimo de la víctima para revocar una decisión válida, a menos que haya una amenaza inminente y comprobable por parte del condenado (…) Debe originarse del acto en sí, no de la posibilidad de un delito futuro”.

“La Constitución garantiza la seguridad individual. Si la víctima teme por su seguridad, existen otros mecanismos legales diseñados específicamente para proteger a las víctimas de violencia de género, como órdenes de alejamiento o medidas cautelares, que pueden implementarse sin necesidad de revocar la libertad condicional”, se establece en la apelación.

El abogado defensor de Ortega asegura que la decisión de la corte de aceptar el recurso de amparo es ilegal y arbitraria, ya que se basa en la supuesta invalidez de la notificación a la víctima, a pesar de que la defensa sostiene que esta se realizó en el domicilio proporcionado por ella.

PURANOTICIA

Con Información de puranoticia.pnt.cl

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