Valparaíso

La Cámara aprueba el proyecto de ley que establece la Fiscalía Supraterritorial: el Gobierno declara «reserva de constitucionalidad».

Después de tres votaciones, la Cámara de Diputados aprobó los cambios propuestos por el Senado al proyecto de ley que establece la nueva Fiscalía Supraterritorial (FS) del Ministerio Público, creada en 2024 mediante una reforma constitucional.

Esta nueva unidad se enfocará en las investigaciones para combatir el crimen organizado y delitos de alta complejidad que trasciendan el ámbito territorial de una sola región. Tendrá la responsabilidad de las investigaciones penales que se inicien ya sea de forma directa por ella o por alguna fiscalía regional, y resolverá disputas de competencia el fiscal nacional.

La Fiscalía Supraterritorial contará con fiscales adjuntos, personal profesional y de apoyo, además de los recursos materiales necesarios para sus operaciones. Tanto el fiscal jefe como los fiscales adjuntos ejercerán sus funciones en todo el país dentro de su ámbito de competencia.

Para apoyar a esta nueva fiscalía, se implementará el «Sistema de Análisis Criminal para el Crimen Organizado y Delitos de Alta Complejidad», con el objetivo de fortalecer la persecución penal. Esto se logrará mediante estrategias de análisis e investigación sobre mercados delictuales y otras estructuras criminales identificables.

La propuesta fue respaldada en su tercer trámite, donde se aprobaron las enmiendas del Senado al texto original de la Cámara de Diputados. Los cambios más significativos eliminaron el concepto de “macrozonas” que se había considerado para organizar el trabajo del organismo.

En su lugar, se definió que la labor se ejecutaría mediante «unidades de organización», cuyo establecimiento se regulará a través de un reglamento. Se tendrán en cuenta criterios funcionales como las características comunes de los territorios; tipo de delitos o fenómenos criminales a investigar.

También se tomarán en cuenta criterios operativos, como la cantidad de personal y otros recursos necesarios para el desarrollo de las investigaciones. Estas unidades deberán implementar mecanismos de coordinación que faciliten la entrega eficaz de información con las fiscalías regionales.

Además, se estableció que el reglamento regulará las condiciones de experiencia o especialización y las normas de evaluación de desempeño para los fiscales adjuntos y el personal administrativo de la Fiscalía Supraterritorial. Este reglamento también regulará el tiempo de permanencia de los fiscales adjuntos y otros aspectos relevantes.

A su vez, se restringió la ubicación de la FS a la ciudad de Santiago.

El texto faculta al Fiscal Nacional para emitir instrucciones específicas al fiscal jefe de la Fiscalía Supraterritorial en las investigaciones de delitos de crimen organizado o de alta complejidad a su cargo, y permite la creación de unidades de trabajo con recursos existentes.

Una precisión importante del Senado señala que la autoridad competente para abordar delitos ocurridos en el extranjero con jurisdicción en Chile será la fiscalía regional Metropolitana en Santiago, además de la Fiscalía Supraterritorial según lo decida el fiscal nacional.

Asimismo, se aclara el deber de respuesta del fiscal jefe de la FS ante órdenes del Fiscal Nacional, salvaguardando casos donde tales instrucciones sean manifiestamente arbitrarias o contrarias a la ley o ética profesional. En tales ocasiones, se delinean los procedimientos a seguir y sus consecuencias.

Otra incorporación establece una regla de competencia para la FS, enfocada en casos de alarma pública que se consideren cruciales para el éxito de la investigación sin afectar el derecho a la defensa del imputado. En tales situaciones, se podrá solicitar, tras la formalización de la investigación y antes del cierre de la audiencia de preparación del juicio oral, que el Pleno de la Corte Suprema designe la competencia de estos casos a los Juzgados de Garantía y al Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de la Corte de Apelaciones de Santiago.

Entre las observaciones, se destacó la necesidad de proveer a la entidad y a las fuerzas policiales de los recursos requeridos para un desempeño efectivo, solicitando, por ejemplo, acelerar el programa de contratación del personal necesario para esta nueva unidad del Ministerio Público.

Desde algunos sectores del oficialismo, se criticó la inclusión de la cláusula de “alarma pública”, argumentando que altera las reglas de competencia. Se remarcó que la opinión de la Corte Suprema sugiere un vicio de inconstitucionalidad relacionado con la ambigüedad del concepto y su uso discrecional, lo que podría vulnerar el debido proceso.

El Ejecutivo también expresó objeciones a la norma, señalando que fue añadida en una indicación parlamentaria, generando un gasto fiscal sin el respaldo del Gobierno. Además, el ministro de Justicia, Jaime Gajardo, destacó que esta disposición no formaba parte de las ideas iniciales y afecta la garantía constitucional del “juez natural”. En este contexto, se anunció la reserva de constitucionalidad.

PURANOTICIA

Con Información de puranoticia.pnt.cl

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