Después de varios años de litigio, el principal hospital de Los Ángeles ha sido condenado a pagar una cuantiosa indemnización tras el triste fallecimiento de una adulta mayor.
El Segundo Juzgado de Letras de la provincia del Biobío dictó una sentencia que obliga al Complejo Asistencial “Dr. Víctor Ríos Ruiz” a indemnizar con $40 millones a los hijos de una mujer de 74 años, quien falleció en noviembre de 2018 tras más de 50 días de hospitalización.
La magistrada Susana Arroyo Ceballos emitió esta sentencia el 31 de julio de 2025, poniendo de manifiesto que el hospital incurrió en falta de servicio. Se determinó que los cuidados médicos y de enfermería proporcionados fueron insuficientes, retrasados y no seguían los protocolos del Ministerio de Salud.
La paciente ingresó al hospital el 14 de septiembre de 2018, caminando por su propio pie, con un diagnóstico de isquemia crítica en sus extremidades inferiores. Sin embargo, tras una intervención vascular, su salud comenzó a deteriorarse rápidamente. Según los registros del juicio, sufrió arritmia cardíaca no controlada, una infección intrahospitalaria y úlceras por presión, lo que finalmente la llevó a una falla multiorgánica y su muerte el 10 de noviembre del mismo año.
La causa en Los Ángeles
Los cinco hijos de la fallecida demandaron al hospital por responsabilidad extracontractual, señalando una atención negligente y un manejo inapropiado en el periodo postoperatorio. En su demanda, expusieron episodios de falta de monitoreo, desinterés del personal médico y la ausencia de medidas adecuadas, como no derivar a su madre a cuidados intensivos a pesar del evidente riesgo vital.
El fallo concluyó que “la paciente fue sometida a tratamientos y cuidados que no cumplieron con la lex artis médica”, destacando que el hospital “no llevó a cabo las acciones necesarias para prevenir el daño ni asegurar un tratamiento adecuado”. Esto constituye una clara falta de servicio según el artículo 38 de la Ley N°19.966 sobre Responsabilidad del Estado en materia sanitaria.
Por lo tanto, el tribunal ordenó al hospital pagar $40 millones, distribuidos en $8 millones para cada uno de los cinco hijos como compensación por daño moral. Estas cantidades deben ser reajustadas e incrementadas con intereses legales desde que la sentencia sea firme. Sin embargo, el establecimiento fue eximido de asumir las costas procesales, reconociendo el privilegio de pobreza que tienen las entidades públicas.
El fallo es apelable ante la Corte de Apelaciones de Concepción. Por tal motivo, El Contraste se ha puesto en contacto con el hospital a través de su departamento de comunicación y está a la espera de una respuesta.
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Con Información de elcontraste.cl








