El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Rancagua emitió un veredicto condenatorio contra el exjuez Luis Hernán Barría Alarcón, al considerarlo autor del delito consumado de abuso sexual hacia una funcionaria del Poder Judicial, cometido en la capital de O’Higgins en agosto de 2018.
Según la acusación, el día en cuestión, el entonces Juez de Garantía se dirigió a la sala de audiencias del cuarto piso, se acercó al escritorio de la víctima para despedirse y mediante la fuerza y sin su consentimiento, la tomó del rostro con una mano y la besó en los labios, antes de alejarse. La funcionaria, afectada emocionalmente, presentó la denuncia en el año 2020.
El tribunal, en una decisión unánime, estuvo compuesto por la jueza Natalia Astudillo Morales (presidenta, de Talca) y los magistrados Jorge Gutiérrez González y Erick Ríos Leiva (redactor y juez de San Fernando). Después de deliberar, confirmaron la existencia del delito y la culpabilidad del acusado.
En su resolución, el tribunal indicó que se adquirió la convicción “más allá de toda duda razonable” sobre la veracidad de los hechos que dieron origen a la acusación. Además, señalaron que en tipos de delitos donde no hay testigos presenciales más que la víctima, su testimonio es fundamental para la valoración que debe realizar el tribunal.
«Para llegar a una convicción condenatoria con el estándar del artículo 340° del Código Procesal Penal, es fundamental que su relato mantenga coherencia y concordancia con otros elementos probatorios presentados en el juicio”, argumentó el tribunal.
«No se trata simplemente de evaluar la credibilidad del testimonio de la víctima; el tribunal debe analizar la consistencia de su relato y su relación lógica con el resto de las pruebas presentadas”, añadieron.
“Tras llevar a cabo este análisis, el tribunal concluyó que el testimonio de la víctima se ha mantenido constante en el tiempo y ha ilustrado claramente los hechos denunciados, lo que, junto con la evidencia aportada por el Ministerio Público y la parte querellante, logró refutar la presunción de inocencia del acusado”, enfatizó.
Respecto a las sanciones impuestas en procesos administrativos contra el juez por la Corte de Apelaciones de Rancagua y la Corte Suprema, el tribunal determinó que «no se cumplen los requisitos para considerar cosa juzgada«, dado que aunque los hechos se conocieron previamente en un procedimiento administrativo distinto, este buscó sancionar su conducta desde el ámbito disciplinario.
La lectura de la sentencia está programada para el 15 de septiembre a las 13:00 horas.
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Con Información de puranoticia.pnt.cl








