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Entrará en vigencia la Ley de Grabado de Patente, según Stephanie Astudillo.



Entrada en vigencia de Ley de Grabado de Patente por Stephanie Astudillo


A partir del 15 de mayo, todos los vehículos motorizados en el país deberán tener grabada su placa patente única.

Este grabado debe estar de manera permanente en los vidrios y espejos laterales, tal como lo establece la Ley 21.601, publicada en septiembre de 2023.

La normativa aplica a vehículos que fueron comercializados antes de la entrada en vigencia del reglamento.


Para los vehículos nuevos, esta obligación entra en vigor a partir de enero de 2024.

La ley impone sanciones graves por conducir un vehículo que no cuente con la patente grabada y considera menos grave circular con ella deteriorada si esto impide una identificación adecuada.

Asimismo, los vendedores que ofrezcan vehículos sin este grabado, cuando sea requerido, también enfrentarán sanciones.

Además del grabado obligatorio, la normativa incluye acciones para contrarrestar el comercio ilícito de automóviles. Por ejemplo, las aseguradoras deberán solicitar la cancelación en el Registro Nacional de Vehículos Motorizados cuando un vehículo asegurado sea declarado como pérdida total, ya sea por destrucción o desarme.

Si el vehículo puede ser reparado, la aseguradora tiene un plazo de 30 días para regularizar la propiedad, inscribiéndolo a su nombre o al del nuevo dueño.

Otra medida importante es que, en adelante, solo se podrán inscribir vehículos nuevos cuyas facturas provengan de vendedores autorizados en una lista oficial del Registro Civil.

Si el vendedor no está habilitado, no será posible la inscripción ni la entrega de placas patentes.

Carabineros está facultado para retirar de circulación a aquellos vehículos que circulen sin permiso de circulación, revisión técnica, seguro obligatorio, o que presenten patentes ocultas o deterioradas, así como números de motor o chasis alterados.

Conducir bajo estas condiciones se considerará una infracción grave.

Las estaciones de servicio no podrán cargar combustible a vehículos que carezcan de patente delantera o trasera, obligación que debe ser visible mediante carteles. El incumplimiento puede acarrear multas de hasta 100 UTM, especialmente en caso de reincidencia.

Además, la ley establece penas más severas para quienes conduzcan o adquieran vehículos sabiendo que tienen adulteraciones en su identificación o documentación, con sanciones que pueden llegar hasta 3 años de cárcel, suspensión de licencia e inhabilidad para obtenerla por hasta 5 años.

La implementación de esta normativa tiene como objetivo reducir el robo de vehículos, desarticular redes ilegales de comercialización de piezas y reforzar la protección a los consumidores.

El grabado obligatorio de patentes, junto con las nuevas restricciones y sanciones, representa un avance significativo hacia una mayor seguridad vial y ciudadana.

Por Stephanie Astudillo.

Coordinadora Clínica Jurídica.

Sede UDLA Viña del Mar.

Con Información de portalmetropolitano.cl

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