Araucanía

Empresario inmobiliario presenta acción legal contra el director de Obras – LAVOZDEPUCON.

  • Un empresario ha presentado una demanda contra Claudio Painepán y también contra el alcalde Sebastián Álvarez, debido a anotaciones en el permiso de construcción que indicaban que la autorización para la regularización de una polémica mansión en Correntoso estaba bajo revisión por la Contraloría.

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Lo que parecía un asunto resuelto, tras obtener un permiso de construcción y una recepción final, se ha reavivado. Esto ocurre porque el empresario inmobiliario José Miguel Martabid ha iniciado acciones legales contra el director de Obras Municipales (DOM), Claudio Painepán. La razón de esta acción se debe a tres anotaciones que el funcionario realizó en el permiso de construcción en junio de este año, las cuales, según el demandante, son ilegítimas y carecen de fundamento.

Las anotaciones se refieren a tres aspectos relacionados con la reclamación sobre la presunta ilegalidad en la emisión del permiso —que fue otorgado por el seremi del Minvu, Patricio Escobar, en una decisión controvertida— que Painepán notificó a la Contraloría. «Se trata, por lo tanto, de afirmaciones legalmente inapropiadas, sin base normativa, que exceden las atribuciones del Director de Obras Municipales y que contradictoriamente afectan los principios administrativos, por lo que se solicita su exclusión y la nulidad de derecho público, conservando la validez del acto administrativo original, es decir, el permiso de construcción», se indica en la demanda, que menciona también al alcalde Sebastián Álvarez en su calidad de máxima autoridad del servicio.

Los tres puntos cuestionados en el permiso de edificación son los siguientes:

1.- La DOM deja constancia de que se señaló la ilegalidad del permiso de edificación otorgado por la Secretaría Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo de La Araucanía, según se detalla en la resolución Ex. n.º 474 del 22 de mayo de 2025.

2.- La DOM informa que la municipalidad de Pucón, a través de su alcalde, ha solicitado a la Contraloría General de la República una consulta sobre la legalidad de la instrucción mencionada, la cual está en trámite. Esto está registrado bajo el ingreso Nº ES4665/2025.

3.- De acuerdo con lo establecido en el artículo 53 de la Ley Nº 19.980, este acto administrativo puede ser invalidado.

Según el demandante, la inclusión de estos elementos en el permiso crea una condición “restrictiva” y “amenazante”: “En este acto administrativo, la Dirección de Obras Municipales de Pucón incluyó anotaciones que no se fundamentan en la legislación, específicamente las contenidas en los numerales 1, 2 y 3, que claramente colocan condiciones restrictivas y amenazantes,dejando el permiso de construcción sujeto a la ‘aprobación o confirmación del permiso por parte de la Contraloría’, como si esta entidad fuera una segunda instancia, lo que, sin duda, afecta la estabilidad del permiso otorgado, y que, además, no está contemplado en la legislación urbanística ni es parte del procedimiento establecido para la emisión de permisos de construcción”.

La demanda indica que las anotaciones en el permiso han resultado en, entre otras cosas, la negativa del banco BCI a otorgar un crédito hipotecario a Martabid. “Es cierto que, al evaluar un crédito hipotecario solicitado por mi representado en BCI Oficina Temuco, se informaron que, tras analizar el permiso de edificación otorgado, la decisión del Banco fue no proceder con el proceso crediticio, dado que, como se menciona en un correo del 28 de agosto de 2025, al revisar la Resolución Exenta N°00125 del 10 de junio de 2025, se constató que la misma DOM cuestionaba de algún modo la legalidad del permiso otorgado, lo que imposibilitaba continuar con la operación financiera”, se especifica en la demanda presentada por el abogado Gustavo Méndez Roco.

Contexto histórico

La controversia sobre la conocida “Casa Martabid” comenzó enjulio de 2019, cuando se anuló un acuerdo entre la municipalidad y el empresario, que fue calificado como “contrario a derecho” por el Juzgado de Policía Local (JPL), tras una infracción cometida por la DOM por edificar una construcción de casi 4,000 metros cuadrados con un permiso que solo autorizaba 260 mts2.

A partir de este momento se inició una larga disputa que se ha llevado a cabo en diversos tribunales locales y regionales (incluyendo unacausa penal). El caso incluso llegó a la Corte Suprema, querespaldó la interpretación de la DOM local, estableciendo que bajo las condiciones del Plan Regulador Intercomunal (PRI) Villarrica-Pucón, la mansión era “irregularizable” y resultó en una multa de $124 millones para el empresario por construir sin el permiso adecuado.

No obstante, el empresario comenzó a ver avances cuando el seremi Escobar le ordenó, en unproceso y correspondencia controvertidos, que Painepán otorgara un permiso de edificación tras una nueva solicitud presentada en noviembre de 2024. Este permiso finalmente permitió a Martabid regularizar la casa conocida como “Latakia”.

“Desviación de poder”

El abogado de Martabid alega en la demanda que el director de la DOM ha llevado a cabo acciones que encuadran como “desviación de poder”. “A la luz de todo lo expuesto, la conducta de la Dirección de Obras Municipales de Pucón, a lo largo de todas sus actuaciones en el procedimiento administrativo, no solo desconoce la legislación vigente y los pronunciamientos de la autoridad competente, sino que también pone de relieve un caso grave en el Derecho Administrativo, es decir, la desviación de poder. Esta se produce cuando la autoridad, a pesar de tener la obligación legal de decidir en un sentido determinado —ya que se cumplen todos los requisitos legales para ello— decide, sin causa válida, frustrar o impedir ese resultado, actuando según finalidades ajenas al ordenamiento jurídico, creando, para ello, una especie de segunda instancia, para que determine algo que ya está definido”.

Por este motivo, la demanda solicita al tribunal de Pucón cuatro decisiones: la primera es que se declare la “nulidad de derecho público” de las anotaciones accesorias hechas por Painepán al permiso. La segunda es mantener la “plena eficacia y validez” del mismo. Además, que el juez ordene la eliminación de las notas accesorias del expediente administrativo y, finalmente, que se condene en costas a los demandados en caso de oposición.

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Con Información de www.lavozdepucon.cl

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