El Juzgado de Garantía de Rancagua ha emitido un veredicto condenatorio contra Iván Sánchez Lobos y Pablo Sánchez Reyes, quienes han sido hallados culpables como autores de un cuasidelito de homicidio en el caso de Catalina Torres, una trabajadora del zoológico Parque Safari. Este trágico incidente ocurrió el 6 de agosto de 2021, cuando la víctima fue atacada por un tigre mientras cumplía con sus labores.
Durante la lectura del veredicto, la jueza Paz Reyes Moreno concluyó, más allá de toda duda razonable, que tanto Sánchez Reyes —gerente o jefe de operaciones del zoológico— como Sánchez Lobos —representante del recinto— son responsables de la muerte de la trabajadora, al permitir que realizara sus funciones “en un entorno de seguridad inadecuado”.
“En el ejercicio de sus responsabilidades, permitieron que el parque operara y sus empleados llevaran a cabo actividades en condiciones de seguridad insuficiente, considerando los riesgos previsibles, lo que provocó que su imprudente actuación contribuyera a la muerte de la víctima, haciéndolos responsables como autores de cuasidelito de homicidio”, expuso la jueza.
En resumen, la magistrada indicó que “el Ministerio Público y la parte querellante han demostrado que (ambos) dirigían una actividad de alto riesgo, como es la exhibición de animales silvestres, lo que obliga a quienes la gestionan a cumplir con las obligaciones legales, reglamentarias, sanitarias y de seguridad necesarias para mitigar los riesgos inherentes a su actividad”.
Asimismo, el veredicto señaló que también son responsables “por las omisiones que podrían crear o aumentar los peligros previsibles, obligaciones que incumplieron de manera negligente e imprudente, lo que causó de forma culpable la muerte de (la víctima) el 6 de agosto de 2021”.
Por otro lado, el tribunal absolvió a la trabajadora Valeria Olmos Padilla, al considerar que “no se le puede atribuir imprudencia o negligencia en la organización del trabajo de la víctima y sus compañeros, tarea para la cual no tenía poderes, siendo su autorización marginal respecto a la conducta del grupo de la víctima y no causal del resultado, por lo que es necesario absolverla de la acusación en su contra”.
“A juicio de este tribunal no se puede imputar a doña Valeria Olmos responsabilidad como autora culpable del hecho, ya que su actuación estaba protegida por el principio de confianza en la división horizontal del trabajo respecto de la víctima, tal como se ha explicado anteriormente”.
Después de la audiencia, el fiscal adjunto de Rancagua, Maximiliano Mariángel, resaltó que el tribunal aceptó la tesis de la fiscalía, que sostiene que “los responsables del zoológico realizaban una actividad que generaba tanto riesgos como beneficios económicos, y al asumir riesgos, tenían la obligación de establecer protocolos de seguridad para proteger a los trabajadores en sus funciones, cosa que en la práctica no sucedía en el Parque Safari”.
“No es aceptable que un trabajador que va a cumplir con su labor no regrese a casa por culpa de su empleador”, añadió, destacando el precedente que representa este fallo en el contexto de las relaciones laborales.
Es importante mencionar que se trató de un juicio oral abreviado y que el tribunal ha fijado la lectura de la sentencia para el sábado 30 de noviembre.
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Con Información de puranoticia.pnt.cl