Valparaíso

El Tribunal condena al Estado por el daño ambiental causado por vertederos ilegales en Alto Hospicio y exige un plan de reparación.

El Primer Tribunal Ambiental ha condenado al Estado de Chile por el daño ambiental causado por vertederos ilegales en Alto Hospicio, región de Tarapacá.

La resolución identifica impactos significativos en Pampa Norte, Pampa Sur, Mollecita Norte y Mollecita Sur, donde se han acumulado residuos textiles, neumáticos, escombros y otros desechos desde al menos 2012.

“Se constató que la acumulación masiva de estos residuos ha provocado un deterioro notorio de la calidad y funciones del suelo, afectando su capacidad ecosistémica y contaminando extensas áreas”, menciona el fallo.

La entidad ambiental determinó que el impacto es grave, afectando “las funciones ecosistémicas del suelo y la integridad visual del entorno”, en medio del Desierto de Atacama.

La acción legal fue presentada en 2022 por la abogada Paulina Silva Heredia contra el Consejo de Defensa del Estado y la Municipalidad de Alto Hospicio. Aunque el tribunal no consideró que hubo “falta de servicio” por parte del municipio, calificó las medidas adoptadas como “insuficientes” para abordar el problema estructural.

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Como resultado, el tribunal ordenó al Estado desarrollar un plan de reparación ambiental en un plazo de seis meses: “En virtud de esto, se estableció que el Estado debe presentar un plan de reparación de acuerdo a lo que indica la sentencia”, se informó en un comunicado.

Este plan deberá incluir un diagnóstico inicial, la recolección y manejo seguro de residuos, restauración del suelo, recuperación del paisaje y prevención de nuevos vertederos ilegales. También se exigirá la participación ciudadana, la transparencia en la ejecución y un sistema de monitoreo continuo.

El plan comenzará con un diagnóstico ambiental integral, que levantará la línea base de los sitios afectados. A partir de este diagnóstico, se adaptarán las medidas de reparación y remediación, asegurando que la ejecución se base en las características específicas de cada área, con objetivos claros de limpieza, recuperación del suelo y restauración del entorno.

Las acciones también incluirán el cierre y contención de los residuos acumulados, lo que implica delimitar y aislar las zonas degradadas, controlar accesos y establecer vigilancia permanente, así como prevenir nuevas acumulaciones ilegales. Aquí se deberán llevar a cabo acciones de educación y sensibilización ambiental para la comunidad de Alto Hospicio e Iquique, con el fin de evitar que el problema se repita.

El plan contemplará la gestión de riesgos ambientales y el establecimiento de metas verificables para la recolección, valorización y tratamiento de residuos textiles, junto con otras obligaciones asociadas. Se desarrollará un esquema de fiscalización multisectorial y gobernanza ambiental, que servirá para coordinar y supervisar la implementación de todas las medidas de gestión ambiental ordenadas en la sentencia, garantizando su correcta ejecución.

Finalmente, el plan deberá incluir un mecanismo de seguimiento técnico y operativo, acompañado de una estrategia de divulgación pública y reportes periódicos, que permita al Tribunal verificar constantemente el cumplimiento de los compromisos asumidos y evaluar los resultados obtenidos.

VOTO EN CONTRA Y PREVENCIÓN

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Esta decisión fue tomada con el voto en contra de la ministra Sandra Álvarez, quien propuso rechazar completamente la demanda, argumentando que la demandante no contaba con legitimación activa y no presentó pruebas que respaldaran los hechos imputados al Estado.

Además, la sentencia incluyó un voto preventivo del ministro en ciencias Marcelo Hernández, quien, aunque está de acuerdo en que existe daño ambiental, sugirió realizar un análisis de significancia a través de una propuesta metodológica y un análisis multicriterio del daño alegado.

PURANOTICIA

Con Información de puranoticia.pnt.cl

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