El Servicio de Impuestos Internos (SII) informó que ya están activos los beneficios tributarios para contribuyentes con propiedades en la Región de Ñuble y en las comunas de Concepción, Penco y Tomé de la Región del Biobío, zonas que sufrieron graves daños por los incendios forestales de enero de 2026.
Los beneficios tributarios establecidos son los siguientes:
- Prórroga para el pago del Impuesto Territorial 2026
La primera cuota de 2026 se podrá pagar junto con la primera cuota de 2027.
La segunda cuota de 2026 podrá pagarse en el plazo de la segunda cuota de 2027.
La tercera cuota de 2026 se pagará junto a la tercera cuota de 2027.
La cuarta cuota de 2026 se podrá abonar en el plazo de la cuarta cuota de 2027.
Sin embargo, los contribuyentes tienen la opción de pagar cualquiera de estas cuotas hasta el 31 de diciembre de 2026, sin perder el beneficio.
- Condonación total de intereses
Se condonan el 100% de los intereses penales aplicables a pagos de cuotas de impuesto territorial realizados fuera de plazo hasta el 31 de diciembre de 2026.
Esto también incluye cuotas devengadas entre abril y diciembre de 2026.
La condonación aplica tanto para pagos atrasados como para aquellos realizados dentro del período indicado.
- Facilidades de pago mediante convenios especiales
Los contribuyentes podrán solicitar convenios especiales de pago para el impuesto territorial, conforme a las normas actuales, que incluyen los siguientes beneficios:
Condonación total de intereses penales asociados.
Planes de pago ajustados a la capacidad económica del contribuyente.
Esto es aplicable a cuotas que se devenguen entre abril y diciembre de 2026.
El SII indicó que la autorización de convenios de pago con plazos no superiores a 24 meses es una facultad exclusiva de la Tesorería General de la República (TGR).
Los beneficios contemplados en esta resolución sobre postergación y condonación de intereses se aplican automáticamente a los inmuebles ubicados en las áreas mencionadas.
Por otro lado, para acogerse a convenios especiales de pago o solicitar modificaciones de avalúos, los contribuyentes deberán presentar la solicitud correspondiente ante el SII o TGR.
- Modificación de avalúos fiscales
Adicionalmente, los propietarios de inmuebles que hayan visto una disminución significativa en el valor de sus bienes debido a los incendios pueden solicitar la revisión y rebaja de los avalúos fiscales y, si corresponde, de las contribuciones.
Con base en esta situación y la creciente frecuencia de estos eventos, el Servicio emitió la Resolución Exenta SII N°22 de 2024 con el objetivo de establecer mecanismos que faciliten la atención y apoyo a los contribuyentes afectados por catástrofes.
Esta medida perite ajustar la base imponible del impuesto territorial a la realidad actual del inmueble afectado.
PURANOTICIA
Con Información de puranoticia.pnt.cl








