El director del Servicio de Impuestos Internos, Javier Etcheberry, ha emitido una resolución que exige a los vehículos de transporte de carga detenerse para ser fiscalizados en los controles carreteros, ya sean fijos o móviles, establecidos por la institución. Asimismo, deberán presentar la documentación tributaria que respalde el traslado de los productos. En caso de incumplimiento, se aplicarán sanciones a la empresa transportista.
Esta medida entra en vigencia de manera inmediata y busca combatir la evasión, el comercio ilícito y la informalidad, asegurando que las cargas que circulan por el país cuenten con la documentación tributaria necesaria, lo que facilitará la trazabilidad y garantizará el ingreso del IVA correspondiente a las arcas fiscales.
La resolución exenta N°110 indica que, conforme al N° 17 del artículo 97 del Código Tributario, cualquier movilización o traslado de bienes corporales muebles en vehículos de carga debe realizarse con la factura, boleta o guía de despacho adecuada, emitida según los requisitos legales correspondientes.
De acuerdo con la ley sobre el Impuesto a las Ventas y Servicios, los conductores de vehículos de transporte de carga están obligados a mostrar la guía de despacho, factura o boleta pertinente durante el traslado de bienes gravados por el IVA, incluso si no se generan ventas de las mercancías transportadas.
El incumplimiento de las obligaciones establecidas en la resolución N°110 será sancionado conforme al artículo 109 del Código Tributario, que establece que cualquier infracción a las normas tributarias sin una sanción específica será castigada con una multa de entre uno y cien por ciento de una unidad tributaria anual, o hasta el triple del impuesto eludido en caso de evasión fiscal.
Controles carreteros fijos y móviles
Para proteger el interés fiscal y garantizar el cumplimiento de las obligaciones tributarias, el Servicio de Impuestos Internos lleva a cabo controles móviles y carreteros de manera regular, tanto dentro como fuera del área urbana, a lo largo de todo el país. El objetivo es supervisar los vehículos de carga y verificar que el traslado de bienes corporales muebles se realice con la factura o guía de despacho adecuada, conforme a las leyes, reglamentos y normativas vigentes.
Los controles carreteros se definen como las actividades de fiscalización a vehículos de carga que se realizan fuera del área urbana, distinguiéndose entre controles permanentes y temporales.
Por su parte, los controles móviles son aquellas actividades de supervisión que se llevan a cabo en zonas urbanas y consisten en el control de vehículos de carga en diversas áreas de la jurisdicción, siendo su realización no permanente en cuanto a lugares y horarios.
Hasta la fecha, se han llevado a cabo 14,506 controles carreteros en el país durante este año, incluyendo tanto los controles móviles como aquellos realizados en la zona de Angostura, ubicada en el límite de la Región Metropolitana y la Sexta Región, un punto clave para la fiscalización y control del transporte de productos que ingresan y salen de la Región Metropolitana.
Con Información de elmauleinforma.cl