El Servicio de Impuestos Internos (SII) ha publicado una nueva resolución que obliga a los comercios que emiten boletas electrónicas de ventas y servicios, así como aquellos que reciben pagos electrónicos en ventas presenciales, a proporcionar al comprador una boleta impresa o un comprobante de pago para cada transacción. Esta iniciativa tiene el objetivo de fortalecer el cumplimiento tributario relacionado con el IVA y combatir la evasión fiscal.
Patricio Muñoz, subdirector de Asistencia al Contribuyente del SII, comentó que «la emisión y entrega de la boleta son obligatorias en cada compra, sin importar el método de pago utilizado». Además, subrayó que los vendedores deben proporcionar una copia impresa de la boleta electrónica y urged a los consumidores a solicitar su boleta o comprobante de pago para asegurar que los impuestos de cada compra sean transferidos al Estado.
De acuerdo con la Resolución N°12, publicada el 17 de enero, los emisores de boletas electrónicas tienen las siguientes obligaciones:
- Si reciben pagos en efectivo o por transferencia bancaria, están obligados a entregar una copia impresa de la boleta electrónica.
- Si reciben pagos a través de tarjetas de débito, crédito u otros métodos electrónicos, deben proporcionar la boleta impresa y/o el comprobante de pago (voucher), según el sistema empleado para la emisión de documentos.
El envío de documentos a través de medios electrónicos, como WhatsApp o correo electrónico, será opcional, pero no sustituirá la obligación de entregar la boleta impresa.
Los contribuyentes que no dispongan de dispositivos para imprimir los documentos, o que no hayan actualizado su tecnología, podrán cumplir con esta obligación de forma virtual hasta el 1 de marzo de 2026. Durante este periodo, deberán proporcionar obligatoriamente la representación virtual de la boleta electrónica, ya sea por WhatsApp, correo electrónico u otros métodos.
Con Información de hoysantiago.cl