Este domingo 24 de noviembre, con motivo de la segunda vuelta de las elecciones de gobernadores, en 11 regiones de Chile habrá un feriado irrenunciable de segunda categoría. Esto implica que ciertos establecimientos, como malls y supermercados, no podrán operar o deberán ajustar sus horarios. ¿Sabes cuáles son y dónde se aplicará esta medida?
(BiobioChile.cl).- Es importante señalar que estas elecciones se llevan a cabo con voto obligatorio, por lo que aquellos que no participen en el balotaje podrían ser sancionados con multas superiores a $30 mil.
¿Cómo afectará el comercio el feriado irrenunciable durante las elecciones de gobernadores regionales?
El domingo 24 de noviembre se considera feriado irrenunciable por las elecciones de gobernadores regionales en las siguientes regiones: Arica, Antofagasta, Atacama, Coquimbo, Valparaíso, Metropolitana, Maule, O’Higgins, Bío Bío, La Araucanía y Los Lagos.
Durante este día, los comercios no podrán operar normalmente. Las tiendas que comparten la misma razón social o personalidad jurídica no podrán abrir sus puertas durante la jornada de la segunda vuelta.
En otras palabras, cualquier comercio, supermercado o tienda que forme parte de un mall, centro comercial o strip center NO podrá abrir en el día de las elecciones. Sin embargo, sí podrán operar aquellos que estén ubicados fuera de estos recintos.
¿Qué horarios tendrán los malls y supermercados por el feriado irrenunciable y las elecciones?
Según la legislación, el feriado irrenunciable comienza a las 21:00 horas del día siguiente para los trabajadores.
¿Qué multa se aplicará y qué excusas son válidas por no votar en la segunda vuelta de gobernadores?
Anteriores sanciones por no asistir a votar en elecciones obligatorias eran de entre 0,5 y 3 Unidades Tributarias Mensuales (UTM), lo que significa multas de entre $33 mil y casi $200 mil.
Con una nueva legislación, la multa por no votar en la segunda vuelta de las elecciones de gobernadores regionales ha sido reducida a solo 0,5 UTM ($33.314 a la fecha actual).
Esta ley también establece las excepciones y el procedimiento para justificar la ausencia en caso de no poder asistir a votar este domingo.
En resumen, no se aplicarán multas a quienes el día de la elección:
Se encuentren enfermos.
Estén fuera del país o a más de 200 kilómetros de su local de votación.
Desempeñen funciones determinadas por la ley N° 18.700 sobre Votaciones Populares y Escrutinios.
Tengan un impedimento grave que les impida cumplir su deber.
Aquellos que no voten por alguna de estas razones deberán presentar las pruebas pertinentes ante el juez de policía local, quien evaluará la evidencia conforme a criterios de razonabilidad.
Es relevante señalar que la justificación por estar a más de 200 km debe ser presentada EL MISMO DÍA, el domingo 24 de noviembre, de forma presencial ante Carabineros o a través de Comisaría Virtual. Las demás excusas deben ser notificadas a la autoridad cuando sean citados legalmente.
Con Información de www.diarioelpulso.cl