Biobío

Descubre cuáles son los cambios que introduce la Circular N.º 3876 para los trabajadores LGBTIQ+ en el marco de la Ley Karin.


Conoce qué cambios trae la Circular N.º 3876 para trabajadores LGBTIQ+ de la Ley Karin
Min. Trabajo/ Agencia Uno

La Superintendencia de Seguridad Social ha introducido la Circular N.º 3876 en la ley Karin para reforzar una política de cero tolerancia hacia la discriminación que afecta a la comunidad LGBTIQ+. Esta circular comenzó a regir el 1 de octubre y ya está disponible para aplicarse en situaciones necesarias.

Entre las novedades que presenta esta circular, destacan nuevas directrices enfocadas en la prevención del acoso laboral y sexual, así como en situaciones de violencia. Estas modificaciones buscan crear ambientes laborales más seguros, respetuosos e inclusivos para todas las orientaciones e identidades de género.

El ministro Giorgio Boccardo, a través de la página del Ministerio del Trabajo, destacó que «esta nueva circular es un paso crucial en nuestro compromiso por construir un Chile en el que todas las personas, sin excepción, puedan desempeñarse con dignidad y respeto».

Asimismo, enfatizó que «la protección de los derechos laborales de las comunidades LGBTIQA+ no solo es una obligación legal, sino también un imperativo ético que define nuestra sociedad. Desde el Ministerio del Trabajo y Previsión Social, continuaremos luchando para evitar cualquier tipo de discriminación por identidad de género u orientación sexual en el ámbito laboral».

Por su parte, la superintendenta de Seguridad Social, Patricia Soto, indicó que «con esta Circular reafirmamos nuestro compromiso por garantizar espacios laborales sanos y seguros, en los que cada persona pueda trabajar con dignidad. Se ordena a las mutualidades implementar acciones concretas, como el respeto al uso del nombre social de personas trans y no binarias, entre otras expresiones de identidad de género».

Aspectos clave de la Circular N.º 3876 para trabajadores LGBTIQ+ y la Ley Karin

La circular introduce un enfoque de género en los protocolos de prevención del acoso laboral y sexual, así como de la violencia, garantizando la participación activa de todos los trabajadores, sin importar su identidad o expresión de género, en su formulación. En este protocolo, se debe asegurar la asistencia técnica especializada.

Además, se promueve la realización de capacitaciones sobre derechos de personas trans y el respeto hacia la comunidad LGBTIQ+.

También se contempla la atención psicológica especializada para quienes hayan sido víctimas de violencia o acoso, con un enfoque particular en el colectivo LGBTIQ+. Finalmente, se subraya la importancia del respeto e inclusión del nombre social en los programas de atención psicológica.

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Con Información de elcontraste.cl

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