La Corte Suprema ratificó que la Municipalidad de Hualpén se pasó de rosca al descontar sueldos a los profes que participaron en las movilizaciones convocadas por el Colegio de Profesores de Chile.
El alto tribunal confirmó lo dicho por la Corte de Apelaciones de Concepción, respaldando al Colegio de Profesores de Chile. Se determinó que la Municipalidad de Hualpén actuó de manera ilegal y arbitraria al descontar el salario de los docentes que se unieron a las protestas en mayo y junio, en el marco de la Agenda Corta Docente.
El tribunal decidió que el municipio vulneró el derecho de defensa de los profes al hacer esos descuentos sin un procedimiento administrativo previo ni comprobar de forma individual la participación de cada docente en las paralizaciones.
Es bueno recordar que la Contralora General de la República, Dorothy Pérez, había indicado a las municipalidades y Servicios Locales de Educación Pública (SLEP) que aplicaran descuentos a quienes se unieran a las protestas. Sin embargo, la Corte Suprema desestimó esta acción, reconociendo que los descuentos no se pueden aplicar de manera automática.
El presidente del Colegio de Profesores, Mario Aguilar Arévalo, valoró el fallo y dijo que “este dictamen de la Corte Suprema es super importante, ya que establece que Hualpén incurrió en ilegalidad al descontar sin ningún sumario ni procedimiento administrativo previo”.
Aguilar destacó que esta decisión es un precedente significativo:
“Este fallo de la Corte Suprema nos da la razón, porque el máximo órgano de justicia en Chile dejó claro que los descuentos no se pueden hacer arbitrariamente ni solo por una instrucción administrativa. Es un pronunciamiento crucial”.
El dirigente agregó que esa fue precisamente la meta de los recursos de protección presentados en varias regiones del país, para que la Corte Suprema estableciera un estándar claro: antes de aplicar descuentos, debe existir un proceso formal que respete los derechos de los docentes.
“Cuando los profes se suman a movilizaciones de su gremio, no están necesariamente faltando. El derecho a huelga está garantizado en Chile y respaldado por convenios internacionales”, señaló Aguilar.
Por último, el presidente del Colegio de Profesores concluyó que este fallo marca un hito judicial importante y obliga a las municipalidades y organismos públicos a ajustar sus procedimientos conforme a la ley y al respeto de los derechos laborales de los docentes.
Con Información de portalmetropolitano.cl








