viernes 4 abril 2025
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Santiago

Corte de Apelaciones confirmó la absolución e inocencia del carabinero Zamora en el caso Pío Nono.

La Corte de Apelaciones de Santiago desestimó los recursos de nulidad presentados contra la sentencia que absolvió al carabinero Sebastián Nicolás Zamora Soto, señalado por el Ministerio Público y los querellantes como responsable de los delitos de homicidio frustrado y apremios ilegítimos, supuestamente cometidos en octubre de 2020 en el puente Pío Nono.

En una resolución unánime, la Novena Sala del tribunal de alzada –compuesta por el ministro Antonio Ulloa, la ministra María Paula Merino y la abogada (i) María Soledad Krause– determinó que no existía error de derecho en la sentencia emitida por el Cuarto Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago.

El 12 de julio reciente, el Cuarto TOP de la capital, en un fallo unánime y después de la deliberación correspondiente, declaró la absolución de Zamora Soto de los cargos formulados por la Fiscalía Metropolitana Centro Norte y los querellantes particulares.

“Es notable que ninguno de los intervinientes, especialmente el Ministerio Público, se detuvo en sus alegatos finales a considerar las acciones que configuran la acusación, refiriéndose de manera general a términos como colisión, acometer, maniobra, arremeter, y otros, mientras que Zamora fue acusado por acciones específicas que causaron que Anthony cayera al río, las cuales no pueden englobarse en conceptos tan amplios como los mencionados”, afirmó la resolución.

“Además –profundizó–, es pertinente cuestionar, considerando todas las versiones diferentes presentadas, si el tribunal puede considerar que ‘abalanzarse en diagonal hacia la víctima, tomarla con sus brazos e impulsarla de tal manera que la eleve sobre la baranda del río’ se puede entender simplemente como un ‘empujón’; o si es válido equiparar ‘empujar’ con ‘tomar con los brazos e impulsarlo por encima de la baranda’, más aún cuando la Fiscalía aclaró que ‘empujar’ no era parte de la acusación, tal como se mencionó previamente”.

“En última instancia, hay tantas versiones que han surgido en el juicio sobre lo sucedido que ni siquiera los acusadores, en sus alegatos finales, han podido concretarlas, limitándose a utilizar términos generales, lo que les impide abordar adecuadamente la acusación que ellos mismos presentaron ante este tribunal”, añadió el veredicto.

“Por lo tanto, al no haberse demostrado el hecho objeto de la imputación, este tribunal ha decidido, por unanimidad, absolver a Sebastián Nicolás Zamora Soto de las acusaciones en su contra por los delitos de homicidio frustrado y apremios ilegítimos”, concluyó.

El abogado defensor y exfiscal Alejandro Peña valoró la decisión de la Corte de Apelaciones de Santiago que ratificó la absolución de Zamora, quien ha sido reintegrado a la institución. Por lo tanto, no habrá un nuevo juicio en este caso.

“Estamos profundamente satisfechos con el trabajo realizado. Hoy se ha hecho efectiva la sentencia que absolvió por unanimidad a Sebastián de los cargos de homicidio frustrado y apremios ilegítimos planteados por los acusadores. Esta es una sentencia histórica”, enfatizó.

PURANOTICIA

Con Información de puranoticia.pnt.cl

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