Con 82 votos a favor, 20 en contra y 3 abstenciones, la Cámara de Diputados aprobó en general el proyecto que modifica la Ley 18.961, Orgánica Constitucional de Carabineros, para permitir a sus funcionarios portar armas fiscales de forma permanente.
La propuesta establece que la policía deberá proporcionar a cada uno de sus integrantes un arma de cargo, que será de propiedad fiscal y se podrá portar tanto dentro como fuera de las dependencias de la institución.
Este armamento será de uso exclusivo e intransferible para cada miembro de la institución, y serán responsables de su cuidado y custodia. Las especificaciones de las armas, los requisitos para su uso y los protocolos de manejo, custodia y eventual devolución serán regulados mediante un reglamento.
La propuesta vuelve a la Comisión de Defensa de la Cámara de Diputados para su análisis detallado, debido a la presentación de indicaciones.
Durante el debate, los legisladores expresaron que, ante la creciente criminalidad, es fundamental implementar medidas que impidan que los funcionarios policiales queden desarmados, para que puedan usar su arma durante todo el día, dado el carácter exclusivo de su labor.
En este sentido, sostuvieron que la iniciativa evita la militarización de los ciudadanos, ya que asegura que las armas estén siempre en manos del personal institucional y no en poder de la población.
Por último, afirmaron que la norma busca fortalecer la institución mediante el aumento de la dotación policial.
En la actualidad, la ley restringe el porte de armas de servicio a situaciones oficiales y dentro del horario laboral. Los proponentes del proyecto consideran que esto crea un vacío significativo en la protección personal de los funcionarios fuera de servicio.
En este contexto, la iniciativa establece que, si bien existen normativas internas que permiten el porte de armas fuera del horario laboral, es necesario que dicha autorización provenga de una norma de mayor jerarquía.
El objetivo es garantizar certeza jurídica sobre las acciones de aquellos funcionarios que el Estado autoriza, expresamente, a ejercer el uso legítimo de la fuerza como garantes del orden y la seguridad de la comunidad en general.
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Con Información de puranoticia.pnt.cl








