La ley de Seguridad Municipal ha sido aprobada por una amplia mayoría tras varios meses de tramitación.
Tras el inconveniente de la falta de quórum en la sesión matutina, la Cámara llevó a cabo una sesión extraordinaria para votar la iniciativa que modifica la ley N°18.695. Este cambio busca fortalecer la institucionalidad municipal en lo que respecta a la seguridad pública y la prevención del delito, una petición reiterada por alcaldes a nivel nacional.
La propuesta aprobada representa un avance significativo en la modernización y consolidación de la institucionalidad local dedicada a la prevención del crimen. Durante la votación, se ratificaron todas las indicaciones del tercer trámite, evitando así que la propuesta se trasladara a una comisión mixta.
Un aspecto destacado de la ley es la creación de la figura del Inspector o Inspectora de Seguridad Municipal, con requisitos, funciones, atribuciones, prohibiciones y controles específicos. Esta regulación permitirá que estos profesionales realicen labores preventivas de manera autónoma y funciones complementarias a las fuerzas policiales, siguiendo protocolos establecidos.
La ley de Seguridad Municipal lista para su aprobación final
Un elemento fundamental es el fortalecimiento de los mecanismos de coordinación entre municipios, el Ministerio Público, las Fuerzas de Orden y los Gobiernos Regionales. Para ello, se establece el Comité Operativo de Seguridad, encabezado por el alcalde o alcaldesa, con la participación del director de Seguridad, Carabineros, PDI y representantes del Ministerio Público.
La iniciativa también incluye medidas de protección y defensa para aquellos inspectores que desempeñen funciones complementarias. Asimismo, el Ministerio de Seguridad Pública proporcionará recursos a través de la Subsecretaría de Prevención del Delito a los municipios con limitaciones presupuestarias.
La legislación aprobada establece la obligación de proporcionar a los inspectores municipales equipos de protección, cuya especificación se definirá en el reglamento. Entre estos elementos se consideran chalecos, cascos, bastones, esposas, gas pimienta y dispositivos de pulsación eléctrica. La normativa deja claro que el uso de armas de fuego queda expresamente excluido.
Asimismo, se permite la contratación de personal de seguridad bajo el Código del Trabajo y se regula la contratación a través de asociaciones municipales de seguridad, ampliando las opciones para que los gobiernos locales organicen sus equipos preventivos.
Con esta votación, la ley está lista para ser despachada. Este es uno de los proyectos clave en el fast track de seguridad 2.0 promovido por el Ejecutivo.
El ministro de Seguridad Pública, Luis Cordero, subrayó que este proyecto es fruto de un acuerdo esencial para avanzar en una cuestión prioritaria para la ciudadanía y los alcaldes. “Este proyecto establece un marco regulatorio y estándares para el funcionamiento de los municipios, tanto en prevención como en colaboración con las fuerzas policiales. El rol de los municipios es fundamental, y esto no implica la creación de una policía municipal”, afirmó.
Con Información de www.diarioelpulso.cl







