La Comisión de Zonas Extremas ha aprobado específicamente el proyecto que optimiza la Ley General de Servicios Eléctricos en relación con los sistemas medianos (boletín 16627).
Esta iniciativa, promovida por el Ministerio de Energía, tiene como objetivo que la planificación de estos sistemas medianos favorezca el desarrollo de inversiones, incorporando no solo las variables de eficiencia y seguridad actuales, sino también la integración de energías renovables y almacenamiento.
Es importante señalar que los sistemas medianos están fuera del Sistema Eléctrico Central y poseen una capacidad de generación instalada que varía entre 50 MW y 200 MW. En Chile, hay 10 sistemas medianos, todos ubicados en la zona extrema sur, distribuidos en dos en la región de Los Lagos, cuatro en la región de Magallanes y cuatro en la región de Aysén.
El propósito de estos sistemas es impulsar la electricidad como un motor de desarrollo para los territorios, además de mejorar la calidad de vida de las personas, sin importar su ubicación.
La normativa ahora debe ser revisada por las comisiones de Minería y Energía y de Hacienda, y posteriormente podrá ser discutida en la Sala.
Planes de expansión
En la sesión se discutió el cronograma para los planes de expansión de los sectores de generación y transmisión, enfocado particularmente en las unidades que forman parte de la generación de energías renovables no convencionales y sistemas de almacenamiento energético.
Se acordó que el costo de inversión de las obras mencionadas en el plan de expansión y sus fórmulas de indexación se incluirán en el cálculo del costo total a largo plazo del proceso actual y de los dos procesos tarifarios siguientes, a partir de la fecha de inicio de operación especificada en el decreto correspondiente.
Sin embargo, esto estará sujeto a que las obras hayan sido ejecutadas efectivamente o estén en proceso de ejecución cumpliendo con los plazos y hitos definidos.
La propuesta abarca el sistema eléctrico destinado principalmente a satisfacer los consumos relacionados con la producción de bienes y productos. No obstante, estos sistemas no necesariamente están interconectados al Sistema Eléctrico Nacional o a un Sistema Mediano. Sin embargo, podrán habilitarse para su interconexión a través de la solicitud de acceso abierto o mediante el proceso de planificación, conforme a las regulaciones aplicables.
Procesos productivos
Otro de los aspectos aprobados es el acceso abierto y los procedimientos de conexión a Sistemas para Procesos Productivos (SPP) que terceros pueden solicitar, aplicable a sistemas con capacidad instalada inferior a 1.500 kW, Sistemas Medianos o el Sistema Eléctrico Nacional.
Los SPP estarán sujetos a un régimen de acceso abierto, permitiendo que terceros soliciten la conexión bajo condiciones técnicas y económicas no discriminatorias, de acuerdo con la normativa vigente.
El coordinador deberá otorgar permiso de conexión a quienes soliciten acceso al SPP, conforme a lo establecido en el reglamento. Este incluirá detalles sobre límites, tarifas y otros aspectos técnicos y económicos del régimen de acceso abierto, así como los elementos necesarios para su correcta implementación.
En caso de que surjan discrepancias sobre el acceso abierto, serán resueltas por un Panel de Expertos, que deberá dictaminar en un plazo máximo de quince días hábiles.
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Con Información de osornoenlared.cl