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A pesar de que se rechazó la identidad de género, la justicia sentencia a cadena perpetua al asesino de una joven trans en Los Ángeles.


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Caso Ever en Los Ángeles

Este lunes, el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Los Ángeles emitió un fallo unánime que condena a Óscar Andrés Contreras Alarcón a cadena perpetua por el homicidio calificado de Ever Andrés Albarrán Ortiz, ocurrido en agosto de 2023. Además, el tribunal le impuso tres años de prisión por ultraje de cadáver.

Las penas accesorias incluyen la inhabilitación absoluta para cargos y oficios públicos de forma perpetua, así como la pérdida de derechos políticos de por vida. El condenado estará bajo la supervisión de las autoridades durante el máximo tiempo que la ley permite.

Los hechos se registraron la noche del 30 de agosto de 2023, cuando la víctima y el acusado se encontraban en varios bares de la ciudad. Al llegar la madrugada, ambos se dirigieron al hogar de Contreras en la población Real Victoria.

Según el tribunal, en ese lugar, el acusado atacó a la víctima con un martillo y un cuchillo, aprovechando su estado de vulnerabilidad debido al consumo de alcohol y drogas. El ataque consistió en múltiples golpes y heridas cortopunzantes en diversas partes del cuerpo, provocando la muerte por hemorragia aguda.

Contreras luego desmembró el cuerpo, decapitándolo y seccionando las extremidades inferiores, abandonando los restos en diferentes puntos de la vía pública, lo que motivó su condena por ultraje de cadáver.

La sentencia en el caso de Los Ángeles

La jueza Ingrid Quezada destacó que la sentencia se basó en pruebas “testimoniales, periciales, documentales y gráficas” presentadas durante el juicio. “El acusado, armado con un cuchillo y un objeto contundente, actuó con intención de matar, aprovechándose de la indefensión de la víctima”.

“Lo golpeó y le causó múltiples cortes en distintas partes de su cuerpo, aumentando su sufrimiento de manera deliberada e inhumana, provocándole una hemorragia aguda que resultó en su muerte en el lugar”, explicó la magistrada. Referente al ultraje del cadáver, añadió que “se constituye el delito desde el momento en que se afecta considerablemente el cuerpo de la víctima”.

Respecto a la petición del Ministerio Público y de los querellantes de considerar la identidad de género de la víctima como un agravante, el tribunal lo desestimó. La jueza Quezada señaló que “no se probó en el juicio una motivación discriminatoria. Ningún testigo reportó conductas hostiles, agresiones verbales, ni desprecio hacia la víctima por parte del acusado, y no se presentó evidencia que lo justificara”.

Una vez que la sentencia sea definitiva, se ordenará la toma de muestras biológicas de Contreras Alarcón para su inclusión en el registro nacional de ADN de condenados, en un caso que ha conmocionado a toda la comunidad de Los Ángeles.

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Con Información de elcontraste.cl

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