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A dos años de la Ley «Papito Corazón»: se han ordenado pagos por $2.5 billones en deudas de pensiones alimenticias.

Claro, aquí tienes el contenido reescrito:

El martes 20 de mayo marca el segundo aniversario de la implementación de la Ley de Responsabilidad Parental y Pago Efectivo de Pensiones de Alimentos, conocida como la Ley “Papito Corazón”. Esta iniciativa fue promovida y promulgada por el Gobierno del Presidente Gabriel Boric, bajo la dirección del Ministerio de la Mujer y la Equidad de Género.

Dicha normativa aborda una deuda histórica hacia miles de niños, niñas y adolescentes, permitiendo que los tribunales accedan a la información financiera de los deudores. Además, establece dos mecanismos efectivos para asegurar el pago de pensiones adeudadas a través de cuentas bancarias, instrumentos financieros y fondos de pensiones.

A mayo de 2025, los tribunales de familia han ordenado el pago de un total de $2.496.135.793.791, equivalente a más de 52 teletones. Estos fondos han sido o serán transferidos a más de 282 mil familias perjudicadas por la falta de pago de pensiones alimenticias.

En la actualidad, más de 270 mil personas tienen deudas vigentes registradas en el Registro Nacional de Deudores de Pensiones Alimenticias, siendo el 96% de ellos hombres. Esta situación afecta a más de 385 mil niños, niñas y jóvenes con derecho a recibir una pensión alimenticia. Sin embargo, gracias a estos progresos, desde la creación del registro, más del 53% de los deudores han saldado sus deudas o han alcanzado acuerdos de pago. Es relevante mencionar que, en caso de incurrir nuevamente en deuda, la persona puede ser re-inscrita en el registro y se puede reiniciar el proceso correspondiente.

En la región de Los Lagos, los tribunales han ordenado el pago de aproximadamente 222 mil 527 millones por concepto de deuda de pensiones alimenticias. Actualmente, hay 11.336 deudores de alimentos registrados en la región, de los cuales el 94% son hombres.

La seremi de la Mujer y la Equidad de Género en Los Lagos, Macarena Gré, destacó el impacto de esta ley en la región: “Estas cifras muestran la extensión del empobrecimiento que ha sufrido muchos hogares, principalmente aquellos liderados por mujeres solas, debido al abandono parental. Por eso, hemos trabajado arduamente para difundir y aplicar la Ley de Pago Efectivo de Pensiones de Alimentos en todas las provincias de la región, ofreciendo charlas y capacitaciones sobre cómo iniciar el proceso ante los tribunales de justicia. Ahora, no son las mujeres quienes deben buscar los activos del deudor, sino que el Estado, mediante diversos mecanismos, se encarga de garantizar este derecho de los niños, niñas y adolescentes”.

Hace algunos años, la deuda de pensión alimentaria y el término “papito corazón” solían trivializarse, pero hoy reconocemos su gravedad. El abandono parental no solo es censurable, sino que también tiene consecuencias profundas en el desarrollo infantil”, afirmó la ministra Orellana. Agregó: “El afecto y cuidado no pueden ser impuestos por ley, pero existen responsabilidades mínimas, como el pago de pensiones alimenticias, que deben exigirse. En este sentido, el Estado tiene un papel fundamental al garantizar el acceso a la información y actuar en base a ella”.

Operación Renta 2025; Retenciones legales

La Tesorería Regional de la República participa en este proceso de pago. Durante esta operación renta en la región de Los Lagos, se aplicaron retenciones legales a 10.520 contribuyentes, de los cuales 1.032 se corresponden a aquellos que están en el Registro Nacional de Deudores de Pensiones Alimenticias, administrado por el Servicio de Registro Civil e Identificación. En esta categoría, se retuvieron $149 millones, superando la cifra del año anterior.

“La Tesorería General de la República desempeña un rol crucial en la operación renta, además de procesar los pagos de excedentes. También realiza las retenciones, incluyendo aquellas por pensiones alimenticias, que este año han aumentado considerablemente. Hasta ahora en las dos fases de pago, hemos retenido 149 millones a mil contribuyentes”, indicó el Tesorero Regional de Los Lagos, Richard Marañao.

Para más información sobre la ley, puedes visitar www.pagodedeudasdealimentos.cl/.

Paso a paso: ejecución del mecanismo de pago

  • El representante legal de los hijos con deudas en pensiones alimenticias debe solicitar al tribunal correspondiente que inicie un procedimiento especial para retener los fondos que el deudor tenga en sus cuentas bancarias o en otros instrumentos financieros. Esto se puede hacer a través del módulo “Trámite Fácil” de la Oficina Judicial Virtual (https://ojv.pjud.cl/kpitec-ojv-web/tramite_facil).
  • Si desconoce las cuentas del deudor, el tribunal investigará su patrimonio mediante sistemas de interconexión con la Comisión para el Mercado Financiero (CMF), el Servicio de Impuestos Internos (SII) y otros servicios estatales relevantes.
  • Si durante la investigación se localizan fondos en cuentas o instrumentos financieros, el tribunal expedirá una resolución ordenando a las entidades bancarias o financieras que informen sobre saldos y movimientos relevantes para el pago de la deuda.
  • Recibidos los oficios de las instituciones, el tribunal dictará la resolución que ordena el pago de la deuda con los fondos disponibles, obligando a las entidades a retener el dinero del deudor. La ley establece responsabilidades para las instituciones en este proceso.
  • Además, a través del Sistema Informático del Tribunal, se verificará si existen otros niños o adolescentes a quienes el deudor adeude pensiones alimenticias. En ese caso, se tratará la solicitud de pago de manera conjunta y unificada por el tribunal que lleve el caso más antiguo; si los fondos son insuficientes para cubrir todas las deudas, se prorrateará entre los beneficiarios de diferentes causas.
  • Excepcionalmente, si hay tres pensiones adeudadas y el alimentante no cuenta con suficientes fondos en cuentas bancarias o instrumentos financieros, se puede solicitar al tribunal que consulte los saldos y ordene el pago de la deuda con cargo a los fondos de la cuenta de capitalización individual obligatoria del deudor (AFP).

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Con Información de osornoenlared.cl

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